Mexicanos sin defensa ante EU

Con el reciente caso de la sustracción de la menor Alondra Luna por parte de autoridades de la Interpol, la Redim cuestionó el actuar de las autoridades mexicanas ante este tipo de actos y lamentó la no defensa de “los connacionales frente a las autoridades estadounidenses”.

Ciudad de México (elsemanario.com).- La historia de Alondra Luna captó la mirada de todos cuando en un video se observa como personal uniformado la sustrae a la fuerza de la escuela en la que se encontraba en clases, para llevarla a Estados Unidos con el argumento de que se trataba de una joven que de niña había sido robada a su madre mexicana que radica en aquel país.

De vuelta a México tras haberse comprobado el error, mediante una prueba genética, la discusión del actuar de las autoridades nacionales ante la escena que causó la indignación entre quienes la observaron, como la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim).

A decir de la Red, el caso muestra un patrón recurrente de las autoridades al no acatar los protocolos de actuación cuando están involucradas niñas, niños o adolescentes, pues el trato que se le dio a la joven fue de “objeto en disputa” y no el de una ciudadana mexicana que tiene derecho a ser escuchada por un juez.

De acuerdo a la organización, el caso de Alondra representa un caso paradigmático por las graves violaciones a los derechos humanos de la niña y su familia, con el argumento de “cumplir la ley”.

Lo delicado del caso, asegura la Red, es que la policía federal y las autoridades judiciales ignoraron la Ley General de derechos de niñas, niños y adolescentes, que en su artículo 73 cita: “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan, en los términos señalados por el Capítulo Décimo Octavo”. Dicha ley, recordemos, fue promulgada por el presidente Enrique Peña en diciembre del 2014.

Tampoco se atendió, critica el organismo, el “Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes”, documento que fue emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2012.

“La actuación de las autoridades ha generado incertidumbre jurídica al violentar las garantías judiciales de ser escuchado, actuar con imparcialidad y tener un juicio justo”, refirió la Redim esta tarde mediante un comunicado.

[box type=”shadow” ]El proceso llevado a cabo por las autoridades policíacas y judiciales cayo en el ridículo, careció de sentido común y respeto a los derechos humanos.[/box]

Al señalar que Alondra debe recibir ayuda profesional para prevenir el “estrés post-traumático” ocasionado por la privación de su libertad, la sustracción del país y estar en un lugar con un idioma diferente y sin los referentes afectivos con los que cuenta en México, la Redim lamentó que las autoridades mexicanas repitan el patrón de no defender a los connacionales frente a las autoridades estadounidenses, fenómeno por el cual, señaló, se debe de:

  1. Garantizar la seguridad de la niña Alondra y su familia, buscando el pronto retorno de la niña al Estado de Guanajuato para que Ella y su familia tengan acompañamiento profesional.
  1. Investigar y sancionar a las y los funcionarios que participaron en este proceso irregular.
  1. Que la Comisión Nacional de Derechos Humanos CNDH para que investigue el caso y emita las recomendaciones necesarias a las autoridades involucradas.

SRE, tardía actuación

Luego de que el pasado viernes 17 de abril, la Policía Federal adscrita (Interpol) acudió a la Telesecundaria Sor Juana Inés de la Cruz, en Guanajuato para llevarse por la fuerza a la joven Alondra Luna, de 14 años de edad, esto para ser trasladada al estado de Texas, donde Dorotea García Macedo la reclama como la hija que le fue robada en 2007, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) intervino en su regreso al país, luego de que la prueba de ADN que se le practicó en territorio estadounidense resultara negativa a la maternidad que la mujer argumentaba.

La cancillería detalló en un comunicado que Alondra Luna Núñez fue restituida en el marco de la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.

A través de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior (DGPME), la secretaría recibió en 2007 la solicitud de retorno de una infante que fue sustraída ilegalmente de Estados Unidos por su padre.

De acuerdo a una nota de la agencia Notimex, en ese momento la información disponible apuntaba a que la niña podría encontrarse en Tacatzcuaro, Michoacán, por lo que el expediente fue remitido al Tribunal Superior de ese estado.

En marzo de 2015, la Autoridad Central estadunidense informó que la madre había viajado a Guanajuato y había identificado a la niña como la hija a quien había buscado por ocho años.

Dentro de la información proporcionada se dieron datos del nombre con el que se habría registrado a la menor de edad en México y sus señas particulares.

Derivado de ello y en acatamiento a los estándares internacionales fijados en materia de restitución internacional, contenidos en las Guías de Buenas Prácticas emitidas por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, la jueza de la causa solicitó la intervención de la Interpol para que presentara a la chica.

Una vez que realizada esa acción, en audiencia ante el juzgado se determinaría su identidad y la procedencia de su restitución a Estados Unidos.

El 17 de abril se llevó a cabo la audiencia respectiva, derivado de lo cual se ordenó la restitución de la ciudadana mexicana a su lugar de residencia habitual, esto es en Guanajuato.

Sin embargo, algunos de sus familiares expresaron que se trataba de una niña distinta y solicitaron la intervención de diversas autoridades para aclarar la situación.

La cancillería aclaró únicamente funge como facilitador del inicio del procedimiento judicial y coordina la colaboración entre autoridades nacionales, para lograr la restitución de los menores de edad sustraídos.

Durante la audiencia participa personal de la Secretaría de Relaciones Exteriores únicamente para verificar que se cumpla con la Convención mencionada.

La SRE subrayó que no representa a ninguna de las partes, por lo que no ofrece pruebas ni interviene salvo para esclarecer temas de la Convención.

En el caso de la menor de edad en cuestión y ante la controversia suscitada respecto a su identidad, de manera inmediata la DGPME activó los protocolos de rigor y solicitó la intervención de los consulados de México en Laredo y Houston, Texas.

También pidió el apoyo de la Autoridad Central estadunidense y el Centro para Niños Desaparecidos y Explotados.

Esto a fin de garantizar el bienestar de la niña, facilitar la comunicación telefónica con sus familiares en México y realizar las pruebas de ácido desoxirribonucléico (ADN) para comprobar que se trataba de la niña sustraída.

Los resultados de la prueba practicada el lunes 20 de abril resultaron negativos respecto a la mujer que solicitó la restitución, por lo que de manera inmediata se procedió a operar su repatriación.

La ahora adolescente arribará a territorio mexicano en las próximas horas, acompañada de personal consular, detalló la cancillería en su comunicado.

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