A partir de este año puede que tengas que revelar al SAT ciertas operaciones
Entre todos los cambios derivados de la reforma fiscal, se destaca la obligación de relevar ciertas estrategias o asesorías en materia fiscal (los “Esquemas Reportables”) al SAT.
Para tales efectos, los Esquemas Reportables se deberán de revelar cuando generen un beneficio fiscal directa o indirectamente en México. Entre algunos de los Esquemas Reportables, encontramos los siguientes:
- Se transmitan pérdidas fiscales pendientes de disminuir de utilidades fiscales, a empresas distintas de las que las generaron;
- Involucre a residentes extranjeros que apliquen un convenio para evitar la doble imposición en donde el ingreso no este gravado en el extranjero y en México se retenga el impuesto utilizando una tasa inferior;
- Involucre la transmisión de un activo que haya sido depreciado, total o parcialmente, y permita una depreciación para su parte relacionada;
- Se tengan pérdidas fiscales que estén por vencer y se realicen operaciones para utilizarlas;
- Evite la aplicación del impuesto sobre la renta para los dividendos del 10%, aplicable a los individuos y a los extranjeros respecto de las utilidades y dividendos que les son distribuidos y;
Por regla general, los asesores fiscales serán quienes se encuentran obligados a revelar estos esquemas. No obstante, existen ciertos supuestos en los que los particulares serán quienes tendrán que revelarlos.
Al respecto, es muy importante revelar estos esquemas, ya que las personas que incumplan con dicha obligación podrán ser acreedoras a multas. Para los asesores fiscales las multas podrán ser desde 15 mil pesos hasta 20 millones de pesos.
Por otra parte, cuando los particulares tengan que revelarlos y no lo hagan, se les rechazará el beneficio fiscal y se les podrá imponer una multa entre el 50% y el 75% del beneficio fiscal rechazado.
Cabe mencionar que las obligaciones de reportar entran en vigor a partir del 1 de enero de 2021. Sin embargo, cuando un esquema reportable tenga efectos fiscales en el 2020, los particulares tienen la obligación de revelarlos. Por lo tanto, es importante analizar o acercarse a un asesor fiscal para revisar las operaciones que se han realizado y confirmar si se debe de revelar dicho esquema o no.
Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com).
Esta nota es un comentario y no debe ser considerada como una asesoría.