Nuevo Código Penal afecta a estados y complica juicios

Con el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, estados retrocederán en materia de flagrancia. En algunas entidades, la transición hará que los juicios tengan que resolverse hasta con cuatro Códigos.

 

Como cualquiera de las reformas que hemos visto pasar por la vitrina de Presidencia, el nuevo Código de Procedimiento Penales que promulgó el presidente, Enrique Peña Nieto, tendrá efectos negativos a pesar de que el ejecutivo federal, lo calificó como uno de los cambios jurídicos más relevantes en las últimas décadas.

El reverso tenebroso del Código es que contiene errores a pesar de que fue anunciado como un documento redactado con rigor técnico.

“Se trata de un logro histórico que implica un año de trabajo legislativo y el apoyo de expertos en la materia, y que además de gran rigor técnico, requirió la creación, incluso, de un simulador para probar su funcionalidad”, señaló el mandatario, sin embargo, la nobleza de ánimo con que lo presentaron, contrasta con la revisión que especialistas han hecho en sus artículos.

Las fallas dentro del Código son pitanza, pues promulgaciones de su fuste comprenden errores de cualquier tipo por lo que no requiere de mayor alarma, sin embargo, lo que ha desasosegado a especialistas, es el atronador retroceso que se da en materia de flagrancia como lo explica más adelante Javier Carrasco Solís director ejecutivo del Instituto de Justicia Procesal Penal, en entrevista para El Semanario.

-¿Se puede afirmar que el Código es un documento con precisión técnica?

-El documento sí tiene fallas técnicas en el tema de derechos humanos que se deben de atender, pero, todos los Códigos de proceso penal pasan por una serie de reformas posteriores, entonces este código, cuando entre en vigor, va a haber la necesidad de seguirlo reformando pero sí tiene imprecisiones en cuestiones de derechos humanos y sistema acusatorio.

Para entender por qué es importante el señalamiento que hace Carrasco, basta compararlo con parte del discurso que Peña Nieto ofreció este martes cuatro de marzo en su promulgación.

“Estamos frente a un ordenamiento jurídico que tiene como factores centrales la protección de la víctima, el respeto a sus derechos, la presunción de inocencia, la reparación del daño y el respeto al debido proceso”, explicó.

“Por otro lado, se fortalecen y homologan los instrumentos para asegurar el debido proceso y el respeto irrestricto a los derechos humanos, tanto del ofendido, como del imputado”, trascendió.

Sin embargo, Carrasco señala que un procedimiento penal no nos va a resolver los problemas de justicia, penal y de impunidad.

“Tenemos que tener claro cuáles son los diferentes entes del gobierno para enfocarse a cada tema; a veces esperamos que el nuevo modelo procesal penal nos venga a resolver los actos de impunidad y el procedimiento penal, independientemente de qué modelo se siga, es para procesar todo lo que ya entró en el sistema de justicia penal, cuando se comete un delito y se tiene que procesar para encontrar si la persona es culpable o no. Pero no se resuelve la parte de prevención, creo que el gran problema que podemos ver en el Código, es que piensan que se trata de una varita mágica que nos viene a resolver todo lo que tenemos como reto en la justicia penal en México”, critica.

-¿Qué falta en la ecuación entonces, porque elementos como apoyo social y presencia nutrida de policía ya se intentaron y parece, sin efectos positivos?

-Un verdadero sistema de prevención del delito, por eso la prevención viene antes que el sistema procesal. La prevención tiene que ser de manera integral, por lo tanto, no podemos tener un país que trate de resolver los delitos cuando tenemos una mala educación, falta de empleo, un sistema de salud como está, sin oportunidades para jóvenes, entonces todas estas partes del sistema de un gobierno son las que tienen que estar trabajando armónicamente, para trabajar en la prevención del delito, tampoco todo esto nos va a resolver que un ciudadano decida involucrarse en una actividad delictiva.

 

Barruntos sobre el Código

El nuevo Código de Procedimientos penales será el único que se consulte en todo el país, sin embargo, en espera de su implementación en cada una de las entidades, hay todo un menú de Códigos con lo que se podrán resolver los juicios, por lo que dependerá de los Congresos, jueces y defensores, la opción que se escoja para desahogar cada caso.

“Los estados ya no va a tener sus propias leyes en materia penitenciaria, ahora el sistema acusatorio está diseñado para que se enfoquen los recursos de los delitos más serios, si estos llegan a un juicio, pues recordemos que en cualquier sistema acusatorio a nivel mundial, es común que al menos el diez por ciento de los casos lleguen a un juicio oral, todos los demás que entran al sistema, se resuelven de manera más eficiente y rápida”, explica.

-¿Cómo ha afectado de manera específica el nuevo Código a los estados?

-Oaxaca ha criticado las cuestiones de derechos indígenas que en el Código Nacional no están muy desarrollados, pues el estado ya tenía una cuestión más desarrollada en la materia. Si hablamos sobre la flagrancia, los código que ya estaban en vigor ya habían resuelto que la flagrancia es el momento de estar cometiendo el delito o la persecución material, el Código nacional nos dice que esos son supuestos y aparte, si un imputado señala a otro, eso también se tiene como flagrancia y esta segunda parte es problemática para los estados porque implica que un policía puede preguntar a un detenido si conoce a alguien que pudiera estar involucrado, entonces los Códigos locales ya habían tratado de limitar qué tanto la policía hablaba sobre el hecho delictivo con la persona detenida, para evitar cuestiones de maltrato, cohesión y todos los otros males de los que estamos conscientes que, han sido parte del sistema de justicia en México. Los Códigos habían limitado eso y ahora este nuevo Código, como que abre otra vez las puertas para que la policía pueda hacer preguntas, esa es una de las cuestiones bien problemáticas y repercute en materia de derechos humanos, por lo que tenemos que evitar regresar a una mala actuación policial.

“Los Códigos ya habían mejorado y en esta parte específica como que se retrae y algunos estados como Oaxaca, Nuevo León, esta preocupación la señalan claramente porque, dicen, ya habían avanzado en el supuesto de flagrancia, los Códigos locales lo habían adecuado y ahora el código como que se regresa un poco, ahora tendremos que ver si la actuación del juez cuando califique la detención y después de asegurarse de que el elemento policíaco no viola los derechos humanos de las personas, y que esa información es espontanea, porque al momento en que estás en los hechos, solamente está el policía, el defensor no está al lado de la persona imputada”, advierte.

En este punto es preciso recordar que hay algunos estados que ya tienen sus Códigos aprobados e iban a entrar en vigor, por lo que tras la promulgación del gran Código Nacional ya no avanzaron con sus documentos.

“Cada Congreso con sus órganos de implementación local y el ejecutivo (local) se pondrán de acuerdo, para definir la entrada en vigor en cada entidad, pero la fecha no puede rebasar el 18 de junio de 2016, porque es cuando según la Constitución, todo debe de estar funcionando bajo la regla del sistema acusatorio”, explica Carrasco.

Por ahora cada estado tiene su propio código y va a seguir hasta que el mismo estado diga que el código nacional ya entra en vigor en su entidad, sin embargo, tenemos que ver o señalar que los procesos penales que están vigentes bajo las reglas de los Códigos locales, esos procesos penales se van a seguir desahogando hasta su conclusión, basado en las reglas de los Códigos locales, entonces esos Códigos locales se van a ir extinguiendo hasta que ya no quede ningún proceso penal bajo esos Códigos que dejarán de existir.

“Uno de los retos es que en algunos de los estados van a tener dos Códigos: el local y el nacional; en otros estados donde ya se tiene el sistema acusatorio, pues vas a tener de dos a cuatro Códigos; el tradicional, el local, el código nacional, y dependiendo de cómo se realice la regla, si el código acusatorio local y el nacional podrían homologar, porque las etapas son casi lo mismo o la otra es que todo lo que inició con el código acusatorio del estado, se termina con este código nacional, pero hay algunos estado que van a tener dos Códigos, otros tres y nuevo león parece que tiene cuatro reglas, entonces esta cuestión es muy compleja, la de transitar de un sistema a otro”, acota.

Por Octavio N. Cervantes.                

 

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