Agravio policial constitucional

Los tres niveles de gobierno en coordinación y a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública tienen el reto de lograr mejores corporaciones policiales; para ello, es preciso redoblar esfuerzos en lo que respecta al desarrollo policial, que contempla dentro de sus objetivos una planeación sistematizada apegada a la legalidad y respeto a los derechos humanos, un reclutamiento eficaz de los aspirantes que asegure contar con los mejores cadetes, una selección objetiva de los aspirantes para su ingreso a las instituciones policiacas; que los elementos una vez en activo estén en permanentemente y constante capacitación; que todos los policías sean certificados a través de los llamados exámenes de control de confianza. También, el desarrollo policial debe regular la permanencia, evaluación y promoción de los policías a efecto de que todos tengan igualdad de oportunidades para ascender de grados y puestos; asimismo, habrá de regir el otorgamiento de reconocimientos y estímulos; contemplar un régimen disciplinario, así como la separación y conclusión del servicio. En todo esto se han realizados esfuerzos importantes, sin embargo, aún falta mucho por hacer.

Hablar de dignificación policial es hablar de mejores condiciones laborales ‒subir salarios, establecer jornadas de trabajo razonables, equipar debidamente a los policías, garantizarles seguridad social y sus derechos humanos, etcétera‒. Para ello, es necesario comenzar con replantear lo señalado por el 123 apartado B, fracción XIII segundo párrafo de la CPEUM que a la letra dice “…los miembros de las instituciones policiales… podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos… Si la autoridad jurisdiccional resolviere que… cualquier… forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio…”.

¿Pero qué pasa si tras un litigio el policía demuestra que la separación de su encargo fue injustificada? ¿Es justo y/o legal que se le niegue su reincorporación? Si se tratara de un policía de 50 años y que sólo se ha dedicado a lo largo de su vida a desempeñar esa función, difícilmente logrará contratarse en otro lado. Sí, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado se indemnice con todo y salarios caídos ‒los cuales según la reforma laboral serán hasta por un año‒, pero dudo mucho que ese policía con ello pueda garantizar económicamente su vida y la de su familia.

El trabajo es un derecho humano establecido y protegido en y por todas las declaraciones, organizaciones, cortes, comisiones nacionales e internacionales. Nuestra Constitución Federal ‒derivado de la reforma de 2011‒ maximiza la protección de todos los derechos humanos contenidos en ella y en los tratados internacionales de los que somos parte; todas las autoridades deberán promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos, y obliga al Estado a reparar cualquier violación a estos derechos. Sin embargo, el legislador y en concordancia el Poder Judicial, determinaron no resguardar el derecho humano al trabajo al prohibir la reinstalación. Resta, en defensa de este derecho para los policías, ejercer el llamado control difuso de constitucionalidad e, inclusive, acudir a los tribunales internacionales, lo cierto también es que esto es demasiado tardado y oneroso, sobre todo si tomamos en cuenta que hay policías que ganan menos de 4 mil pesos al mes.

Es asequible sostener que ésta es la manera para contrarrestar el problema de corrupción que tenemos en las corporaciones policiales, pero no considero que sea la mejor. Por supuesto, a los malos policías se les debe aplicar todo el peso de la ley y meterlos a la cárcel, pero de eso a negar de manera prejuiciosa un derecho humano no soluciona nada y sí perjudica a muchos policías que estuvieran en esta situación; tanto el legislador como el juez están juzgando a priori argumentando garantizar el interés general sobre el individual del policía, dando por sentado que tras sostener un litigio el policía ha perdido, como por arte de magia, la confianza que se le tenía. De seguir así seremos propensos a infinidad de injusticias. ¿Qué pasa si un policía no da “la cuota” al mando y éste en consecuencia le calumnia y difama como desquite y para justificar su rescisión laboral? Como el anterior, deben existir muchos ejemplos…

Si queremos mejores policías debemos empezar por dignificarlos y qué mejor situación que empezar por reconocerles sus derechos humanos en igualdad de circunstancias como reza nuestra CPEUM en su artículo primero.

 cruzvazquezmanuel@gmail.com

@marcialmanuel3

0 0 votos
Calificación del artículo
Subscribir
Notificar a
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
0
Danos tu opinión.x