A pocos meses de finalizar el ejercicio fiscal 2018, las personas físicas aún pueden facturar sus deducciones personales, pero existen gastos que aún no desconocen que pueden deducir.
Ciudad de México .- A poco más de dos meses de que termine el ejercicio fiscal 2018, las personas físicas aún están a tiempo de facturar sus deducciones personales, pues aunque muchos de estos conceptos podrían formar parte de los gastos fijos, al no facturarlos, se pierde la oportunidad de obtener un saldo a favor en la próxima declaración anual, indicó Daniel Martínez, representante de Enconta.
Mencionó que, de acuerdo con la información del Sistema de Administración Tributaria (SAT), más de 69 millones de contribuyentes conforman el padrón, de los cuales el 97 por ciento forman parte de este régimen, por lo que podrían aplicar sus deducciones personales si así lo desean. Y, esto a su vez, incrementaría el volumen de devoluciones aprobadas por la autoridad, mismas que alcanzaron los 6 mil 758 millones de pesos el pasado abril, mes de la Declaración Anual.
“Ya sea por desconocimiento o por aversión a los asuntos fiscales, muchas personas postergan lo relacionado a sus impuestos. Sin embargo, son las acciones preventivas y el aprovechamiento de los beneficios lo que nos permite mantener una buena relación con la autoridad, pues cumplimos con las obligaciones a la vez que nos devuelven algo de nuestro dinero”, comentó.
A través de un comunicado, el vocero de la plataforma digital de contabilidad integral añadió que, para identificar los gastos que se pueden disminuir de los ingresos acumulables en la Declaración Anual, se necesita revisar el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en la que se encuentran rubros como salud y educación.
El primero implica honorarios por servicios médicos, dentales, psicológicos, nutricionales y de enfermería, así como los gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. También los análisis, estudios clínicos, prótesis o cualquier aparato para la rehabilitación del paciente y los lentes graduados. Además, las primas por seguros de gastos médicos complementarios a los que ofrece el seguro social.
Mientras que el segmento de educación incluye el pago de colegiaturas en instituciones de educación privadas por hasta un monto de 24 mil 500 pesos según los límites de cada nivel de estudios.
“Estos pueden ir desde preescolar hasta bachillerato y profesional técnico. También se incluye el transporte escolar sólo si es obligatorio, pero no las cuotas por inscripción o reinscripción”, señaló.
Sin embargo, dijo el vocero de Enconta, esos son los más conocidos aunque no los únicos, pues también destacan los siguientes puntos:
- Funerarios. Como su nombre lo indica, desembolso por el funeral del cónyuge o concubino/a, así como de los padres, abuelos, hijos y nietos.
- Donativos. Aportaciones otorgadas a instituciones autorizadas para recibirlos como la Federación, entidades y municipios o sus organismos descentralizados; personas morales, sociedades o asociaciones civiles e instituciones de enseñanza conforme a los criterios del SAT.
- Intereses de créditos hipotecarios. Aplica sólo para los intereses reales. Es decir, el cálculo que se obtiene de restar la tasa anual de la inflación al interés efectivamente pagado.
- Afore. Sólo incluye las aportaciones voluntarias realizadas a las cuentas de planes personales de retiro.
- Impuestos por salarios. Implica el pago por impuestos locales por salarios o por la presentación de un servicio subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda el cinco por ciento.
Daniel Martínez enfatizó que, a excepción de las colegiaturas y algunos otros conceptos, el total de las deducciones personales no puede exceder la cantidad que resulte menor entre el 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente o 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, que actualmente sumaría 147 mil pesos. Además, se recomienda que sean pagadas por medios electrónicos.