Empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a causa del sismo

La Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que los centros de trabajo de las zonas afectadas por el sismo de magnitud 7.1 deben de ser revisados antes de que se permita la renovación de labores.

Ciudad de México .- Aun cuando exteriormente no se muestren afectaciones en una edificación se debe de realizar una revisión a fondo de la estructura del mismo antes de que permitir que los trabajadores vuelvan a ingresar informó la STPS, esto ante el movimiento telúrico de magnitud 7.1 que derrumbo varios edificios el pasado 19 de septiembre.

Ademas de acuerdo con lo estipulado en la Ley Federal de trabajo, que reglamenta la relación entre empleados y jefes, ninguna empresa o centro de trabajo puede ponerte falta o descontarte sueldo durante estos días de contingencia por el sismo del 19 de septiembre si tu vivienda o la de algún familiar directo resultó afectada por el temblor y eso te impide presentarte a laborar, o si estás imposibilitado para trasladarte de tu casa a trabajo, reportó El Financiero.

Alfonso Navarrete Prida, secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS),  explicó al medio que la Ley Federal del Trabajo establece “con claridad” lo que se conoce jurídicamente como causa de fuerza mayor, como es en este caso el sismo que cimbró a la Ciudad de México y los estados de México, Morelos y Puebla.

“Si hay imposibilidad de trasladarse de su casa al centro de trabajo y por lo tanto no se puede presentar a trabajar o una imposibilidad mayor en el lugar de la vivienda como puede estar ocurriendo, o con algunas de las personas directamente cercanas en línea directa por parentesco, no se considera falta injustificada al centro de trabajo y por lo tanto no se puede contabilizar como falta”, señaló.

Navarrete Prida añadió que la causa de fuerza mayor, en este caso el sismo, es una condición jurídica y por tanto los trabajadores no tienen que ir a la empresa o centro de trabajo a pedir que les den la aprobación de faltar..

“Si por alguna razón un patrón no queda satisfecho con la información y acreditación de esta condición de causa de fuerza mayor, el trabajador puede acudir a la Secretaría del Trabajo y sus dependencias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y se apoyará a ese trabajador y su familia”, apuntó.

De igual forma se detalló que todos los centros de trabajo ubicados en las entidades afectadas que deberán aplicarse estrictamente los protocolos de seguridad y salud para verificar sus condiciones antes de permitir el ingreso de trabajadores, a efecto de prevenir la ocurrencia de riesgos laborales.

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