México regula industria de drones

Como la historia nos lo cuenta, existen muchos inventos que son pensados para ser utilizados de manera positiva, pero al final este ideal es tergiversado.

Ciudad de México.- Actualmente, la industria de los drones constituye un componente importante y dinámico de la industria de la aviación a nivel mundial. Se estima que el gasto en la adquisición de drones se duplicará hasta alcanzar 91 mil millones de dólares esto, en un periodo de 10 años. No obstante los fabricantes y usuarios de esta tecnología deben tener en cuenta los problemas relacionados con la seguridad y la vigilancia.

Según el estudio Drones Take Fligh realizado por Lloyd´s, los ciberataques, los pilotos imprudentes y la violación de la privacidad son amenazas fundamentales para el crecimiento de la industria de los drones.

Otra de las principales amenazas destacadas en el informe es el entorno regulatorio, encuentra que el desarrollo aún no es  heterogéneo en todas las jurisdicciones internacionales. Además, debido a la velocidad de su crecimiento, a los reguladores les resulta difícil proporcionar una supervisión sólida y rigurosa, la cual permite controlarlos y hacer un seguimiento de su uso.

Nick Beecroft, manager de Emerging Risk & Research de Lloyd´s, señaló que “los drones cuentan con un gran potencial pero, al mismo tiempo, son una tecnología emergente controvertida. A medida que crece el mercado de drones, también lo hacen los riesgos relacionados con éste. Los fabricantes, los usuarios y los reguladores tendrán que trabajar conjuntamente, a nivel global, para comprender los peligros y garantizar el uso de esta tecnología de forma segura y responsable”.

La regulación de los drones en México

Con el incremento del uso de drones en México, era inevitable que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) lanzara la respectiva regulación de uso de estos aviones no tripulados. En la circular detalla una pequeña clasificación de los drones dependiendo su peso y uso, esto, con el objetivo de que su uso tenga ciertas libertades y limitantes, las cuales fueron establecidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

En concreto se están dando tres clasificaciones de estos dispositivos:

  • Los drones de hasta 2 kilogramos pueden ser operados sin la necesidad de un permiso de la DGAC, no obstante, si son utilizados para uso comercial tendrán que contar con un seguro de daños a terceros.
  • Los drones de 2 a 25 kilogramos pueden ser utilizados sin un permiso de la DGAC, pero sólo dentro de los respectivos clubes de aeromodelismo. Si son para uso comercial tendrán que atenerse a las limitaciones y la expedición de un permiso de la DGAC.
  • Los drones de más de 25 kilogramos deberán contar obligatoriamente con el permiso de la DGAC, y a su operador se le solicitará una licencia de piloto.

Para las tres clasificaciones se han interpuesto algunas normativas, por ejemplo, sólo podrán operar durante el día, a menos 9.2 kilómetros de aeropuertos, 3.7 kilómetros de aeródromos y 900 metros de los helipuertos. Además, tendrán que asegurar que en su vuelo no dejarán caer algún tipo de objeto que cause daño a terceros.

Aunque la regulación mexicana dista de ser completa (ya que no abarca temas como ciberataques o temas de violación de la privacidad), es un avance en regulación, para lo que apunta a ser una industria poderosa.

 

0 0 voto
Calificación del artículo
Subscribir
Notificar a
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
0
Danos tu opinión.x
()
x