Servicios de Uber son diferentes a los de taxistas, SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación señaló este lunes que los servicios que ofrece la compañía de transporte privado, UBER, son diferentes a los de taxis tradicionales.

Ciudad de México – Con el anunció de la SCJN, los estados podrán ahora regular de manera independiente los servicios de transporte público en sus entidades, y así diferencias a unos de otros.

La conclusión llegó luego de que los ministros del poder judicial concluyeron que los servicios de la compañía y los de taxis tradicionales no podían regularse de manera similar, ya que son distintos, por los que se les puede dar un trato “desigual y razonable”.

El Financiero cita que dicha problemática llego al máximo tribunal tras la acción de diputados del estado de Yucatán, quienes declararon inconstitucional la entrada de este servicios ya que iban contra de ciertos artículos incluidos en la Ley de Transporte de la entidad, la cual entró el vigor en junio pasado.

En ésta se reguló el servicio de transporte a través de plataformas tecnológicas, como Uber o Cabify.

Los legisladores locales argumentaron que los taxistas tradicionales tienen que cumplir diferentes requisitos que aquellos que prestan el servicio mediante una aplicación móvil, y que la regulación no abarcó a las empresas intermediarias, sino solo a los socios de la misma que prestan el servicio directo al público.

“Este tema es muy importante porque pareciera que simplemente se está analizando el tema bajo la perspectiva de transporte (…), pero va mucho más allá. Algo que estamos seguros que la Corte tomará en cuenta es que está en sus manos el primer asunto relacionado con la economía colaborativa en el país”, comentó Enrique González, director del área legal de Uber en Latinoamérica.

Para el ministro Arturo Zaldívar, tratar a ambos de la misma forma pone en peligro el futuro de plataformas como Uber en el país.

“Me parece que sería un precedente delicado que equiparáramos las actividades, me parece que es peligroso. Si se subsumen las actividades de servicio de pasajeros de plataformas, estilo Uber, lo que va a suceder es que simplemente van a tener exactamente los mismos requisitos porque cualquier diferencia sería inconstitucional, por eso no comparto este criterio, porque me parece que compartirlo es poner en riesgo la viabilidad de la modernidad de este tipo de plataformas”, señaló.

 

 

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