Durante las campañas estatales de 2017 se presentaran quejas por el reparto de tarjetas “rosas” por parte del PRI en Coahuila y Estado de México.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eliminó este miércoles del reglamento de Fiscalización una prohibición que impide a los candidatos y partidos políticos la repartición de tarjetas durante la campaña electoral u otros materiales que prometan un beneficio directo o indirecto para el elector.
En septiembre pasado, el Instituto Nacional Electoral (INE), modificó el reglamento de Fiscalización para que se considerara como propaganda prohibida el reparto de tarjetas por parte de partidos políticos o cualquier candidato o precandidato, luego de que durante las campañas estatales de 2017 se presentaran quejas por el reparto de tarjetas “rosas” por parte del PRI en Coahuila y Estado de México.
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El órgano electoral estableció en el artículo 143 Quáter del reglamento que dichos gastos serían considerados “gastos sin objeto partidista”. Por tal motivo, si bien se contabilizan en las erogaciones de los candidatos en la etapa de fiscalización, también ameritan sanciones por tratarse de gastos prohibidos.
Los partidos PRI y PVEM presentaron una queja ante el Tribunal Electoral, misma que se resolvió esta semana. Por unanimidad, la Sala Superior aprobó una propuesta presentada por el magistrado José Luis Vargas, a fin de reformar una vez más el reglamento de Fiscalización, al considerar que el INE se extralimitó en sus atribuciones al prohibir la entrega de tarjetas.
De esta forma, los magistrados electorales, por unanimidad, ordenaron al INE realizar modificaciones para establecer que las erogaciones de los partidos por ese concepto se consideren meramente gastos de campaña, a fin de determinar posibles rebases.
“La responsable incorpora en el reglamento una hipótesis que está reservada, a mi modo de ver, al legislador ordinario, sobre qué pueden o no hacer los partidos políticos y candidatos independientes durante los procesos electorales, así como las consecuencias que se generarían en caso de ser inobservada dicha disposición”, precisó el magistrado José Luis Vargas, al explicar el fallo a favor del PRI.
Con información de Excélsior