Estamos a unos días de la toma de posesión de Andrés Manuel López Obrador, como presidente y jefe de Estado de nuestro país, como cabeza del Poder Ejecutivo Federal de nuestra pendulante república. La emoción es grande para unos, el temor es grande para otros, y la expectativa es grande para todos. Éste es el estado de ánimo de nuestro pueblo al día de hoy. ¿Por qué?
Bueno, la respuesta es: por un conjunto de razones. En primera instancia, la siguiente administración 2018-2024 “en principio”, llega con un paquete de promesas envueltas en lo que denominan “la Cuarta Transformación”. Lo anterior en el entendido de que las anteriores tres transformaciones fueron: la Independencia; la Reforma; y la Revolución. Todas precedidas por un clima de guerra e impuestas por la fuerza de las armas, derivando un profundo cambio del marco jurídico. De esto no cabe duda ni hay controversia histórica. Y la violencia en estos procesos de transformación se explica a grandes rasgos, porque implicó trastocar poderosos intereses establecidos en la situación previa. En su caracterización no profundizaré en esta ocasión.
En segunda instancia, algo más resulta inquietante. El ofrecimiento de un cambio de régimen, pero ¿qué significa un cambio de régimen? Lo invito a que pregunte a cinco personas de su alrededor (una muestra aleatoria del “pueblo sabio”) a ver qué le dicen y a ver qué tanto se acercan a la verdad semántica y legal en nuestro país.
Hablemos de la verdad semántica del concepto técnico de “régimen político”, a la luz de algunos teóricos clásicos con reconocimiento en la Ciencia Política como Maurice Duverger; Friedrich Engels; Gaetano Mosca; y Lucio Levi; por mencionar sólo algunos; para ellos:
Por régimen político se entiende al conjunto de las instituciones que regulan la lucha por el poder y el ejercicio del poder, y de los valores que animan la vida de tales instituciones.[i]
Ahora bien, desde el punto de vista de la verdad jurídica, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece (Artículo 40) que:
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal.[ii]
A partir de estas dos precisiones, construyamos una breve reflexión. Comencemos por identificar las instituciones que regulan la lucha y el ejercicio del poder en México. Estas instituciones, a partir de la forma de gobierno, son: los tres poderes de gobierno (Ejecutivo, Legislativo, y Judicial); los tres niveles u órdenes de gobierno (Federal, Estatal, y Municipal); el conjunto del marco jurídico general del país; y, particularmente, el sistema electoral. De esta forma de gobierno y su definición, se desprenden valores como es el carácter presidencial, federal; representativo; y democrático, que animan a estas instituciones.
¿Qué de lo dicho en el párrafo anterior está anunciado que cambiará en la Cuarta Transformación? Considerando que hay diferencias entre el discurso y lo que en los hechos se va asomando, podemos identificar que: 1) retornamos al fortalecimiento del Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo y el Poder Judicial; 2) retornamos a la prevalencia del orden del gobierno federal sobre los estados y municipios; y 3) se fortalecerán e incluirán mecanismos jurídicos de consulta popular, propios de una democracia participativa. Entendida ésta como esa forma de democracia en donde se involucra más al ciudadano común en la toma de las decisiones de gobierno (Consulta Popular; Plebiscito; Referéndum), con el consecuente debilitamiento del poder de las autoridades obtenido como representantes populares electos, directa o indirectamente, en las tres ramas y niveles de gobierno.
EN PERSPECTIVA, como suele ser en las propuestas políticas, hay señales contradictorias, puede verse que nuestro régimen republicano se debilita como consecuencia del mayor presidencialismo, el mayor centralismo y la menor observancia efectiva del marco jurídico. Lo anterior, contrariamente al discurso, favorece la toma de decisiones verticales descendientes que caracterizan una monarquía. El carácter democrático permanece y transita parcialmente de representativo a participativo. La condición laica permanece. Y finalmente, el federalismo retrocede en favor de un mayor centralismo. ¿Cómo la ve?
Referencias:
[i] Bobbio, N. (1994) Diccionario de Política.
[ii] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Vigente a noviembre de 2018).