Presentan iniciativa para regular operación de consultorios adyacentes a farmacias

El Senador Francisco Salvador López Brito, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo III y  adiciona un cuarto párrafo al artículo 47 de la ley general de salud.

 

México D.F.- En 2010 existían cuatro mil 900 consultorios con farmacias adyacentes, pero debido a la demanda generada por la obligatoriedad de presentar receta médica para comprar antibióticos, su número se incrementó a 13 mil en el 2013, informó el Senador Francisco Salvador López Brito, al presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo III y  adiciona un cuarto párrafo al artículo 47 de la ley general de salud.

“La importancia de regular la prestación del servicio de farmacias con consultorio adyacente es relevante, ya que diariamente 10 mil médicos atienden en promedio a 25 pacientes cada uno, unas 250 mil diarias, lo cual representa tres veces más de las que se ofrecen en la atención de primer nivel del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que registra 89 mil; apenas superada esa cifra por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que ofrece 290 mil consultas de atención primaria por día”, destacó.

El éxito de este tipo de negocios que son utilizados por los pacientes para atender malestares ligeros y de urgencia, se atribuye a su bajo costo y facilidad de acceso, ya que evitan la pérdida de tiempo por hacer filas en los institutos de salud como el IMSS y el ISSSTE, ofrecen consultas gratuitas o en promedio de 35 pesos, con medicamentos genéricos que le generarán un gasto promedio menor a los 120 pesos, resaltó el Legislador Federal.

El Senador integrante de la Comisión de Salud en la Cámara Alta, indicó que en términos de la Ley General de Salud, corresponde a la COFEPRIS la obligación de garantizar la protección al paciente en su atención médica, así como evitar abusos comerciales y evitar la venta de antibióticos con receta médica de forma indiscriminada, ante la existencia del esquema de Farmacias con Consultorio.

“En diciembre de 2014, COFEPRIS emitió la Guía para las Buenas Prácticas Sanitarias en Farmacias con Consultorio, la cual establece lineamientos precisos que deben observar estos sitios para evitar sanciones, tales como contar con: título profesional a la vista del público del médico que brinda la atención médica, documentación completa de los profesionales de la salud que laboran en el establecimiento; expediente clínico de los pacientes, los cuales habrán de conservarse cuando menos por un periodo mínimo de 5 años, así como un registro diario de las personas atendidas”, señaló López Brito.

Ante esto, solicitó  la reforma al párrafo III  del artículo 47 de la Ley General de Salud para quedar de esta manera: En la operación y funcionamiento de los establecimientos de servicios de salud, incluidos consultorios y farmacias, se deberán satisfacer los requisitos que establezcan los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes.

Y pidió la adición de un cuarto párrafo que quedaría de esta forma: La Secretaría de Salud establecerá las disposiciones y lineamientos para el funcionamiento de los consultorios adyacentes a farmacias, y para que dichos consultorios presten los servicios de atención médica integrada de carácter preventivo a que hace referencia el artículo 27 de esta Ley.

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