Nuevo criterio sobre fecha cierta en documentación que soporte operaciones fiscales
En días pasados, la Suprema Corte de Justicia (“SCJN”) determinó se solo se podrá acreditar la fecha de la documentación que soporte operaciones fiscales siempre que se actualicen ciertos supuestos específicos. Lo anterior, con el objeto de evitar la simulación de actos y defraudar al fisco mexicano.
Conforme a dicho criterio, la SCJN determinó que los documentos soporte que amparen operaciones fiscales cumplirán con dicho requisito, siempre que se actualice cualquier de los siguientes supuestos:
- a partir del día en que el documento se incorpore o se inscriba en Registro Público de la Propiedad y de Comercio;
- desde la fecha en que el documento se presente ante un funcionario público por razón de su oficio o;
- a partir de la muerte de cualquier de los firmantes.
Derivado de lo anterior, es recomendable que se tomen las precauciones necesarias respecto a los documentos que soporten las operaciones más importantes de las empresas. Lo anterior, con la finalidad evitar que las autoridades fiscales nieguen la existencia de las operaciones, bajo el criterio consistente en que los documentos no fueron firmados en la fecha que los mismos señalan.
Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com)