Comité Legal y Fiscal CANCHAM

SÍNTESIS DE NOTICIAS RELEVANTES DEL 22 AL 29 DE NOVIEMBRE DE 2017

 

  1. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

 

A.1. COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS

 

El 21 de noviembre de 2017, el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) acordó otorgar un aumento al salario mínimo general actual de $5.00 (cinco Pesos), por concepto de Monto Independiente de Recuperación (MIR), y sobre dicha cantidad se incrementó un 3.9% (tres punto nueve por ciento), mismo que será de $88.36 (ochenta y ocho pesos con treinta y seis centavos) a partir del 1 de diciembre de 2017.

 

  1. NOTICIAS RELEVANTES

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, Arturo Téllez Yurén presentó su renuncia irrevocable al cargo de Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, a partir del 27 de noviembre de 2017, por motivos personales.

 

Con un retraso de casi una hora, el presidente Enrique Peña Nieto anunció la mañana del lunes 27 de noviembre, cambios en su gabinete, entre los que destacaron la renuncia del secretario de Hacienda, José Antonio Meade Kuribreña donde el primer mandatario recordó su trayectoria política durante el actual gobierno, deseándole el mayor de los éxitos.

 

 

De acuerdo con un memo publicado por Dan Ciuriak, residente del instituto C.D. Howe, en Canadá entre 25 y 50 mil empleos se perderían por la salida de trabajadores a largo plazo y además la falta de empleo en el periodo de ajuste post TLCAN podría ser un factor que sume a esta cifra.

La calificadora explica que los principales retos para los gobiernos locales son la posibilidad de una negociación desfavorable del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), el potencial aumento del gasto por elecciones y el uso de deuda de corto plazo.

El mandato del presidente Peña Nieto para Carlos Treviño, el nuevo director general de Pemex fue claro: “fortalecer las finanzas e impulsar la productividad de la empresa”, es decir, trasladar al nivel operativo el respaldo que Pemex ha recibido por parte de los mercados financieros internacionales, y que tanto se le celebró a su antecesor José Antonio González Anaya.

Los industriales del país quieren participar de forma más directa en las cadenas de proveeduría en el sector energético y se comprometieron a trabajar para incrementar el número y la calidad de proveedores mexicanos de la empresa estatal Petróleos Mexicanos, según informó la Confederación de Cámaras Industriales de México (Concamin).

La energía solar en México y Brasil se duplicará el próximo año, lo que hará que ambos países superen un gigavatio de nuevas instalaciones por primera vez, según un informe publicado este miércoles por GTM Research.

La reforma fiscal de Estados Unidos podría representar un serio problema para México, perdería competitividad fiscal y correría el riesgo de perder parte de su base de empresas que pagan impuestos atraídas por un sistema tributario menos oneroso, advierte el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP), y reitera su propuesta de “voltear a ver los impuestos al consumo como fuente de ingresos recurrentes”.

 

 

  1. PRECEDENTES

 

El artículo 15, fracción V, de la ley del Impuesto al Valor Agregado, al exentar del IVA el servicio de transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas, sin incluir a la prestación de ese servicio en áreas foráneas, no viola el principio de equidad tributaria, ya que se buscó proteger a quienes utilizan el transporte público de forma ordinaria para trasladarse a los centros de trabajo o escuelas, con el fin de no afectar el presupuesto de las personas con menores ingresos.

El artículo 39 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta transgrede el principio de proporcionalidad tributaria porque en el caso de contribuyentes que enajenen mercancías adquiridas o producidas en un ejercicio distinto al de su venta, el hecho de no reconocer el efecto inflacionario en la valuación de los inventarios o del costo de lo vendido provoca que la renta gravable se determine de una forma que no resulta acorde a la capacidad contributiva de aquéllos.

El artículo 17, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al establecer que en el caso de enajenaciones a plazo en los términos del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes considerarán como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado, no vulnera el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al atender al momento en que se genera un incremento positivo del patrimonio del contribuyente.

 

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), y Antonio Vizcaya Abdo (avizcaya@sanchezdevanny.com).

 

 

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