En el Distrito federal, se podrán utilizar fotografías y videos como prueba de denuncia ante infracciones de vialidad, como pasarse un alto o estacionarse en lugares prohibidos.
Ciudad de México.- El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó diversas modificaciones a Ley de Cultura Cívica, a los artículos 65 y 75, a fin de que los ciudadanos puedan utilizar fotografías y videograbaciones como instrumentos probatorios de denuncia ante probables infracciones.
Al presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Seguridad Pública, el diputado perredista Adrián Michel Espino afirmó que el objetivo de estas modificaciones, es poner al alcance de los ciudadanos las herramientas con peso legal, que sirvan en la impartición de justicia.
El diputado aseguró que en la mayoría de las faltas a la Ley de Cultura Cívica se ha detectado que las personas denunciantes sufren de cierta insatisfacción relacionada con el procedimiento administrativo, porque una vez presentada su denuncia, el juez cívico sólo está obligado a tomar en cuenta elementos probatorios de carácter escrito o testimonial.
Por esto, ahora las fotografías y los videos tendrán pleno valor probatorio, con lo cual se da poder a los ciudadanos para que presenten en mejores condiciones su denuncia.
Aclaró que “las pruebas obtenidas a través de la ciencia y tecnología, especialmente cuando son generadas, comunicadas, recibidas o archivadas por particulares, no pueden tener pleno valor probatorio, sino que deberán ser analizadas por el juzgador, el cual podrá someterlas al análisis de peritos para determinar el valor y alcance probatorios de dichas pruebas”.
Cabe señalar que tratándose de daños causados con motivo del tránsito de vehículos, el juez deberá ordenar en todos los casos la intervención de los peritos en materia de tránsito terrestre, autorizados por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
“En todos los casos la queja deberá contener nombre y domicilio de las partes, relación de los hechos motivo de la queja y firma del quejoso; asimismo cuando el quejoso lo considere relevante podrá presentar fotografías o video grabaciones relacionadas a la probable infracción, las cuales calificará el juez y tendrán valor probatorio”, indicó Michel Espino.