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Lo que debes saber sobre la iniciativa de regulación de la cannabis presentada por Morena

Redacción
2018-11-12

Lectura: 2 minutos

Se establecen los lineamientos que deberán cumplir las personas para sembrar, cultivar, cosechar, producir, etiquetar, empaquetar, promocionar, transportar, distribuir y comercializar productos de cannabis.

El pasado jueves, la futura secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, presentó ante el Pleno del Senado la propuesta para regular la marihuana con fines personales, científicos y comerciales.

El partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), fundado por el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, fue la fuerza política detrás de esta iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria, consta de 79 artículos y seis transitorios.

Te puede interesar: Suprema Corte avala cultivo y uso recreativo de la marihuana, siempre y cuando se obtenga permiso de la Cofepris

¿Qué busca la iniciativa?

De acuerdo con Sánchez Cordero “La iniciativa busca equilibrio y terminar de una vez por todas con la guerra que nos sigue matando”. A pesar de tener algunos cambios con respecto a la iniciativa publicada el pasado 6 de noviembre, el escrito se mantiene cercano al proyecto inicial, pero introduce sanciones y limita la cantidad de marihuana que podrá ser portada.

En esta iniciativa de ley se proponen y establecen los lineamientos generales que deberán cumplir las personas que busquen sembrar, cultivar, cosechar, producir, etiquetar, empaquetar, promocionar, transportar, distribuir y comercializar productos de cannabis.

Propone un modelo que incluya:

–Un mercado regulado y monitoreado.

-Creación de un padrón de volúmenes de producción.

-La creación de un marco regulatorio.

¿Qué estará permitido?

En general, con esta ley, todas las personas tendrán derecho a portar hasta 30 gramos de cannabis. En caso de que las personas requieran portar más de 30 gramos, se tendría que solicitar un permiso al Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis.

Cabe destacar que la Ley General de Salud vigente permite actualmente la portación de 5 gramos de mariguana, cantidad considerada para consumo personal.

Tipos de producción y consumo permitidos:

-Autoconsumo: se permitirá a los ciudadanos sembrar, cultivar, preparar y transformar hasta veinte plantas estando en propiedad privada siempre y cuando la producción anual no supere los 480 gramos y las personas se hayan registrado previamente ante el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis.

-Cooperativas: dicha figura estará conformada por un mínimo de dos y un máximo de 150 socios que podrán sembrar para uso personal, únicamente cuando cuenten con una licencia de autorización y cumplan con requisitos de verificación.

Estas cooperativas tendrán que contar con un código de ética, dedicarse de manera exclusiva a la producción de cannabis y sus derivados, acreditar haber tomado al menos un curso para su generación y ofrecer información y asesoramiento en reducción de riesgos.

-Para uso científico y de investigación: se deberá contar con un protocolo de investigación que haya sido autorizado por el Instituto de regulación y los solicitantes deberán ser mexicanos.

-Uso comercial: Los requisitos para obtener una licencia para producir cannabis con fines comerciales estarán determinados por su uso que podrá ser farmacéutico, terapéutico, paliativo, herbolario, para consumo recreativo o industrial.

Se sabe, sin embargo, que se deberán pagar impuestos determinados por las autoridades correspondientes. Además, estarían obligados a que todos sus productos cuenten con una etiqueta que aclare que es su venta es autorizada únicamente en el país y no podrán hacer ningún tipo de publicidad.

Lo que estará prohibido

De aprobarse la iniciativa, quedará prohibido el comercio, distribución, donación, regalo, venta y suministro de mariguana a menores de edad, así como emplearlos en estas actividades.

También estará prohibido también usar drogas mientras se conduzca un vehículo automotor o maquinaria peligrosa.

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