Senado aprueba donación de órganos automática en todo el país

La legislación establece que todas las personas mayores de 18 años se convertirán automáticamente en donadores de órganos y tejidos, y ningún familiar podrá oponerse.

Con una decisión unánime de 75 votos, el pleno del Senado de la República aprobó este martes que todas las personas mayores de edad en México sean automáticamente donadores de órganos y tejidos cuando fallezcan.

La única restricción se aplicará cuando la persona fallecida haya manifestado en vida y por escrito su negativa a ceder partes de su cuerpo.

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Se trata de una modificación a la Ley General de Salud que crea la figura de “consentimiento presunto o expreso”, modificando el esquema de donación en el país, que actualmente sólo es por consentimiento expreso en carta ante un notario, tarjeta de donador o por autorización de los familiares.

La minuta fue remitida este martes a la Cámara de Diputados y de ser aprobada por esta instancia, todas las personas mayores de 18 años se convertirán automáticamente en donadores de órganos y tejidos, y ningún familiar podrá oponerse, a menos que la persona haya expresado en vida su rechazo a este procedimiento.

“La donación de órganos, tejidos, células y cadáveres, consiste en el consentimiento presunto o expreso de la persona mayor de edad para que, en vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes”, señaló en un comunicado del Senado de la República.

“El escrito por el que la persona exprese no ser donador podrá ser privado o público, y deberá estar firmado por éste, o bien, la negativa expresada podrá constar en alguno de los documentos públicos, o medios electrónicos, que para este propósito determine la Secretaria de Salud, en coordinación con otras autoridades competentes”, se añade en el comunicado.

Cabe destacar, sin embargo, que las modificaciones prohíben el consentimiento de donación por un menor de edad o por personas que sean incapaces de expresar su voluntad. También se indica que el Centro Nacional de Trasplantes y los centros estatales de trasplantes deben garantizar que el donador, receptor y familiares de ambos no deben conocer la identidad de los implicados.

Por último, se establece que el Centro Nacional de Trasplantes garantizará que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni los familiares del donante conozcan la identidad del receptor.

Con información de Excélsior

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