STPS sugiere apurar pago de aguinaldo

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) comentó que los dueños de empresas bajo ningún pretexto deben dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados ya que es un derecho por ley.

Alfonso Navarrete, titular de la STPS, indicó que dicha prestación se debe recibir sin excepciones, la cual corresponde a trabajadores de base, de confianza, planta, sindicalizados y contratados por obra.

De igual modo, los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El aguinaldo debe ser pagado contemplando el valor de 15 días de salario por un año de trabajo y en caso de no contar con el periodo completo se deberá pagar la parte proporcional al trabajo realizado; dicho pago debe efectuarse antes del 20 de diciembre.

“El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”, subrayó el funcionario federal  en un comunicado citado por Notimex.

Citó que la legislación laboral establece que los dueños de centros laborales que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a multas de entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Cabe destacar que Originalmente el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que de manera voluntaria que el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiestas de fin de año, pero en 1970 se estableció como obligatorio el pago de esta prestación.

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