Organizaciones civiles preocupadas por Ley General de Transparencia

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Legisladores trazan modificaciones a la Ley General de Transparencia que obstaculizan el acceso a la información, acusan organizaciones.

Ciudad de México (elsemanario.com).- Organizaciones de la sociedad civil manifestaron su preocupación por la lentitud del avance en materia de la Ley General de Transparencia, sino en varios puntos de la legislación que serían contraproducentes a los objetivos que se pretenden lograr.

En un comunicado firmado por 184 agrupaciones y 162 particulares, entre los que destacan los comisionados del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Joel Salas Suárez y María Patricia Kurczyn Villalobos, declaran por mandato constitucional la ley tenía que ser aprobada tanto por diputados como senadores a más tardar el 7 de febrero. Puesto que la reforma a la ley fue aprobada desde febrero del año pasado y la Constitución marca como plazo máximo un año para expedir la legislación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales y archivos, desde el octavo día de este mes los legisladores se encuentran violando la ley.

Ocho puntos preocupantes

En el documento se hace un listado de 8 problemas que se encuentran dentro de la propuesta de la Ley General de Transparencia.

  1. En primer lugar la ley contempla sanciones que obstaculizan el acceso a la información. Específicamente el artículo 208, que fue añadido en el mes de diciembre, establece que se podrá sancionar a funcionarios de organismos defensores de derechos humanos que revelen información y “generen daño” a sujetos obligados. La vaga noción de daño da lugar a interpretaciones que fomentan la indeterminación en argumentos legales.
  2. Existe un vacío que permite a los sujetos obligados desconocer la existencia de cualquier solicitud de información. Mientras que la ley obligará a que los funcionarios generen y documenten los actos que realizaron, pero no incluyen mecanismos para evitar que los funcionarios niegan dar acceso a la información so pretexto de inexistencia. Éste es uno de los puntos que mina determinantemente la eficacia de la reforma d constitucional en transparencia.
  3. La información reservada que contempla violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad sólo podrá ser accesible si una institución competente, como la CNDH, califica el hecho.
  4. Otro punto es el de los motivos por los cuales se puede clasificar información como reservada por causa de estabilidad económica, seguridad nacional e integración de nuevas reservas. Estos también son vagos y la legislación se presta a cualquier tipo de motivo genere una restricción al acceso de la información. Además a estos motivos, los expedientes judiciales y algunos procedimientos administrativos también podrán estar protegidos por esta vaga concepción de reservado.
  5. Se elimina la prueba de daño como obligación para que un Comité de Transparencia pueda clasificar información. L aprueba de daño sólo se requerirá en recursos de revisión, por lo que los sujetos obligados no estará obligados a valorar si la difusión de la información perjudicará más que mejorar el interés público. Lo anterior les evita justificar su decisión directamente a las personas a las que se les niega la información.”
  6. La LGT contempla mayores atribuciones del consejero jurídico, con lo que se vulnera las resoluciones del IFAI, puesto que puede enviarlas a revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Esta sería una facultad injustificada y desproporcional que implicaría dilaciones del procedimiento de acceso a la información.
  7. La explotación de hidrocarburos no estupra obligada a las leyes de transparencia. A partir de la reforma energética dicha industria se contempla en un régimen especial, ajeno a parte de la legislación con lo que se genera un principio de opacidad en torno a estas actividades. Esto vulnera los alcances de la transparencia evitando que la ley sea efectiva.
  8. Por último, también se dejó fuera la obligación de hacer pública la lista de personas que el sistema tributario ha condonado o cancelado deudas fiscales. Esto marcaría una regresión en materia de transparencia fiscal, que ha avanzado desde 2013.

“Los cambios planteados en el documento de modificaciones merman los alcances de la reforma constitucional de transparencia y soslayan los avances y criterios emitidos por las cortes nacionales e internacionales en materia.”

El documento fue firmado por Colectivo por la Transparencia, México Infórmate, el IFAI, Artículo 19, ONG Contraloría Ciudadana para la Rendición de Cuentas, Greenpeace, entre otras organizaciones en defensa de la transparencia y derechos humanos, así como personajes como Aleida Calleja, Sergio Aguayo y Alberto Aziz Nassif.

Con información de Colectivo por la Transparencia.

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