El lenguaje jurídico

Lectura: 3 minutos

El gran problema del derecho y de los operadores jurídicos (entiéndase abogados litigantes o funcionarios del Poder Judicial o leguleyos) es que el lenguaje utilizado siempre resulta complejo, o bien de manera deliberada, lo complejizamos. Hablemos por ejemplo de un juicio civil, uno cualquiera.

De entrada, diremos que hay un demandante y un demandado, expresiones más o menos comprensibles para la mayoría de las personas, pero si yo les dijera que el demandante es “el actor” y el demandado es “el reo”, la cosa cambia. La palabra actor no nos dice nada, o nos remite a la actuación (en ese sentido es que se usa en derecho, el actor es el que actúa, el que persigue y prosigue algo) pero, para el común de los mortales la palabra “reo” nos remite a una cuestión criminal, a una crujía de algún penal.

Existen pues, en el lenguaje jurídico mil expresiones incomprensibles para la mayoría de los ciudadanos, y los abogados nos regodeamos de utilizarlas, pues ello demuestra (o parece demostrar) que somos doctos en la materia.

Por cierto, “docto” significa “persona que posee muchos conocimientos adquiridos a fuerza de estudio”, de ahí que en algunos países, particularmente de Latinoamérica, a los licenciados en derecho se les denomine doctores.

Cabe precisar que otra curiosidad que impera en el ámbito práctico jurídico, es que distinguimos entre “licenciado en derecho” y “abogado”, y la diferencia no es baladí. El primero es alguien que estudió una licenciatura pero que, eventualmente nunca ejerció, nunca litigó. En cambio, la palabra “abogado” alude a aquel que aboga por otros, a aquel que se pelea en nombre y representación de otro (de su cliente). Bueno, al menos eso es lo que argumentamos los litigantes.

Los abogados somos una especie rara, unos tipos hipócritas (muchos, seguramente no caen en esta descripción) que pretendemos saber todo cuanto hay en el universo, un personaje que, desde las universidades, es enseñado y preparado para la controversia. Dicen algunos que un abogado que no llega al tribunal, no es abogado, si acaso será un licenciado. De esos, hay muchos, lo que es una franca estupidez, pues deberíamos estar preocupados, los abogados o los licenciados, de resolver la controversia de la manera más eficiente; y las estadísticas nos dicen claramente que la manera más eficiente no es en los tribunales.

lenguaje jurídico

Pero regresemos a lo del lenguaje jurídico, el Juez no es juez, es “Su Señoría” y si recurrimos su sentencia, es el juez “A quo”, en tanto que él que revisa la sentencia del juez inferior (el A quo) es el juez Ad quem. Latinismos muy recurridos en la jerga jurídica que, sin embargo, se encuentran expresamente prohibidos en nuestra legislación, ya que la ley dice que cualquier expresión en otro idioma debería ser traducida al español.

Y qué les digo del “tipo penal”, el tipo penal no alude a una persona sino a una descripción “típica” del delito, es decir, si lograse yo transferir millones de pesos a mi cuenta bancaria, mediante un mecanismo no contemplado en el código penal (por ejemplo, la teletransportación), al no existir el tipo penal no podrían juzgarme por tales hechos.

Imaginen ustedes que en materia de amparo existe la llamada “suspensión definitiva”, que en realidad no es definitiva, sino que es parcial (por no decir temporal) ya que la verdadera sentencia en lo que la gente conoce como amparo, se llama “resolución constitucional”, la que puede otorgar o no, la protección y el amparo de la justicia federal.

En fin, este espacio resulta demasiado breve e insuficiente, para poder explicar las diferentes expresiones jurídicas utilizadas en el vasto mundo del derecho. Queda para otra ocasión hablar de “la verdad legal” (que no siempre es la verdad real) el derecho natural, el derecho positivo, la legislación sustantiva y la adjetiva, los actos procesales, el fondo y el procedimiento, el expediente y el toca. Y todo esto sin considerar ahora los juicios orales que están generando nuevas expresiones, francamente incompresibles para el lego, para el ignorante del tema jurídico. Dejo como otra de las joyas del lenguaje jurídico en materia de herencias, la expresión el “de cujus”, que significa “aquel de cuya sucesión se trata”, lo que en el lenguaje cotidiano es el muertito o el difunto.

0 0 votos
Calificación del artículo
Subscribir
Notificar a
guest
3 Comentarios
Más viejo
Nuevo Más Votado
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Magaly Ramírez

Muy interesante este artículo, sobre todo porque lo escribe un profesional del Derecho que obviamente sabe de lo que habla. Soy ciudadana, periodista, y siempre he observado que el lenguaje de los abogados, o licenciados como también les dicen uds en México, es repetitivo, cansón y con una terrible deficiencia ortográfica, los signos de puntuación: para que coloquen una coma y un punto aparte adecuadamente hay que encomendarse a los santos. Cuál o cuáles son las razones para ello?
Por lo pronto, con el permiso de uds y del escritor voy a copiar, citando fuente, “la verdad legal”, -que no siempre es la verdad real-, me parece genial porque en el ejercicio de esta disciplina la interpretación es una herramienta insoslayable.

Héctor Mendoza

Triste pero cierto tu diagnóstico, una máxima que nos enseñan en las facultades de derecho es: “lo que abunda no daña”, de ahí que cuando tanto en la demanda como en la contestación, somos, como bien o señalas, repetitivos y cansones. En fin, lo que escribí es apenas un asomo de lo que sucede. Gracias por tu comentario y saludos afectuosos desde Monterrey, México. Héctor

Héctor Mendoza

Triste pero cierto tu diagnóstico, una máxima que nos enseñan en las facultades de derecho es: “lo que abunda no daña”, de ahí que tanto en la demanda como en la contestación, somos, como bien o señalas, repetitivos y cansones. En fin, lo que escribí es apenas un asomo de lo que sucede. Gracias por tu comentario y saludos afectuosos desde Monterrey, México. Héctor

3
0
Danos tu opinión.x