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2019 un año plagado de corrupción y desviaciones presupuestales

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El informe general Ejecutivo de la cuenta pública del 2019, elaborado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y presentado el pasado mes de febrero de 2021, habla de un desorden en la administración de los recursos federales que sólo podrían tener un adjetivo “escandaloso”.

La inexperiencia de muchos funcionarios públicos de la 4T que recién llegaron al gobierno por primera vez, habla de su incompetencia, ineptitud, incapacidad, y también de dolo, falta de respeto a la normatividad, violaciones a leyes y reglamentos, absoluta falta de transparencia, abusos y muchos, muchos etcéteras.

La atención de la prensa y de los medíos, como producto de dimes y diretes entre el presidente, el secretario de Hacienda y el Auditor superior, sobre la situación del “aeropuerto” de Santa Lucía, ha distraído la atención de muchísimas más irregularidades que tendrán que explicarse entre febrero y octubre de este año. Estamos hablando de más de 400 mil millones de pesos de desvíos, si aceptamos que hay una diferencia de 200 mil millones en lo relacionado al aeropuerto.

El tema del aeropuerto, sean 100 o 331 mil millones de pesos, es realmente terrible. Se tiraron a la basura por un berrinche presidencial 100 mil millones de pesos, ¿pueden imaginarse todo lo que se pudo haber hecho con esos 100 mil millones? Por cierto, al día de hoy, 4 de marzo de 2021, no hay ninguna denuncia y mucho menos alguien encarcelado o en proceso de ser siquiera enjuiciado por los supuestos desvíos y actos de corrupción hechos en el aeropuerto de Texcoco, como tampoco hay nadie en una situación similar por los supuestos malos manejos de las guarderías o del Seguro Popular.

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Imagen: Eje Central.

Regresando al tema central, el documento de la ASF revela que se hicieron 1358 auditorías, sí, leyeron bien, mil trescientas cincuenta y ocho, y sólo se habla de “error” en una, es decir, hay 1399 auditorías que muestran que el gobierno hizo mal uso de los recursos públicos y en ello hay más de 400 mil millones de pesos en juego.

Presento, sólo a nivel enunciativo, algunos de los asuntos a los que hace referencia el Informe de la ASF. No son los más importantes por su gravedad o monto, sólo los presentó como un reflejo de la pésima gestión de los recursos que está haciendo este gobierno encabezado por el presidente López Obrador:

En relación al NAICM: “Durante el 2019, el Fideicomiso No Paraestatal 80726 ejerció recursos por 15,971.8 millones de pesos (mdp), para pago a contratistas, proveedores o prestadores de servicios por las obras y servicios devengados y reembolsos de gastos no recuperables, como consecuencia de la terminación anticipada, suspensión o liquidación de los contratos que se encontraban vigentes al momento de la cancelación del proyecto para la construcción del NAICM, así como por la contratación de distintos servicios.”

Como ésta, hay decenas de observaciones: “El ente realizó pagos de conceptos fuera del catálogo original, sin considerar que en los dictámenes técnicos para la formalización de los convenios modificatorios en donde están incluidos no se justificó de manera fundada y documentada las razones por las cuales fue necesaria su ejecución; asimismo, se observó que dichos conceptos ya se encontraban dentro de los alcances señalados en los términos de referencia del contrato por 499.2 mdp.”

“CAPUFE pagó 74.5 mdp, sin acreditar la ejecución, cumplimiento y calidad de los servicios contratados, y 7.6 mdp, por compromisos del ejercicio fiscal 2018, con cargo al ejercicio fiscal 2019, sin contar con la autorización correspondiente.”

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Imagen: El Mañana.

“El gobierno pagó 52.5 mdp en la carpeta asfáltica de carriles adyacentes, de la estación Moctezuma a la estación Bombas, correspondientes al concepto 25 ‘Suministro, tendido y colocación de carpeta de concreto asfáltico elaborado en planta t.m.a. de 25 mm compactada al 95% de su DMT…’, cuyos trabajos fueron deficientes.”

“La Comisión (CONADE) pagó 57.9 mdp, sin presentar la documentación justificativa y comprobatoria que acreditara la prestación del servicio; pagó 100.8 mdp, de los cuales no presentó la totalidad de la documentación soporte; presentó inconsistencias en la documentación para acreditar los servicios, y careció de la documentación suficiente para comprobar el control, supervisión y verificación de estos… El ente realizó pagos por 26.5 mdp, con recursos públicos federales del ejercicio 2019, por compromisos del ejercicio 2018, sin contar con la documentación que acreditara la prestación de los servicios.”

Por lo que hace al Ten Maya hay una buena cantidad de observaciones que suman importantes montos de desvíos, asignaciones directas, trabajos pagados no presupuestados y muchas anomalías más:  “El ente (FONATUR TREN MAYA) realizó una integración incorrecta de precios unitarios por 50.3 mdp y duplicó pagos a personal directivo y técnico, toda vez que se encontraban tanto en los costos indirectos como en cada una de las matrices de los precios unitarios lo cual generó un pago indebido de 8.9 mdp en el contrato de Ingeniería Básica número C-TM008/2019. FONATUR realizó pagos injustificados por deficiencias en los servicios a cargo del contrato número C-TM-005/2019, por un importe de 33.1 mdp, ya que realizó una evaluación incorrecta de las propuestas en la contratación de la Ingeniería Básica al amparo del contrato número C-TM-008/2019, a partir de lo cual se detectó duplicidad en los pagos del personal directivo y técnico tanto indirectos como en los precios unitarios; así como tiempos y personal superiores a los señalados en los programas de ejecución de los trabajos”.

“La Secretaría (de Cultura) pagó 727.9 mdp con recursos aprobados para el ejercicio fiscal 2019, erogaciones de egresos de ejercicios anteriores sin contar con la autorización correspondiente, además de no proporcionar la documentación justificativa y comprobatoria que acreditara la recepción de los bienes y servicios que originaron dichos pagos.”

También hay estupideces como éstas: “El ente (Secretaría de Cultura) transfirió recursos públicos federales del Programa Nacional de Reconstrucción 2019, a diversas entidades federativas beneficiarias el 30 y 31 de diciembre de 2019 por 194.6 mdp, lo que ocasionó que estos no tuvieran la posibilidad material de ejecutar los proyectos apoyados con dichos recursos durante ASF Cuenta Pública 2019 43 el ejercicio fiscal 2019, dando lugar a incumplimientos en cuanto a la ejecución de los proyectos autorizados (obra y plazos).”

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Imagen: Nexos.

“El rubro de ‘Inventarios’ de maíz y frijol presentó un saldo al 31 de diciembre de 2019 por 1,819.5 mdp, del cual SEGALMEX, a través de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA), realizó inventarios físicos de maíz por 323.3 mdp y, consecuentemente, no se acreditó la existencia física de 1,496.2 mdp que se presentan en los registros contables.”

De las 334 páginas del Informa, 36 hablan de resultados de forma sintética de la auditoría de cumplimiento financiero. Cuatro páginas de síntesis de los resultados de las auditorías de desempeño, 93 páginas de la síntesis de resultados de las auditorías del gasto federalizado y con ello de los múltiples y muy malos manejos del primer año de gobierno del presidente López Obrador, que como he dicho en varias ocasiones, le encanta hablar de combate a la corrupción, pero que en la práctica está MUY alejado de hacerlo.

Los invito a tomarse el tiempo para leer todo, o parcialmente, el Informe. Realmente vale la pena, son nuestros impuestos, es nuestro dinero y ellos, los funcionarios públicos, nuestros empleados a los que les tenemos que exigir que hagan bien su trabajo.

No hay que politizar el tema. La mala gestión en una empresa privada en otros países se “castiga” con el despido… tenemos una buena oportunidad este 6 de junio.


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Manual para gobernar por decreto (Parte III)

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Si bien expuse la forma en cómo se puede subvertir el principio de seguridad jurídica y a manera en que se usa “malamente” el derecho para fines políticos, considero necesario profundizar en un tema que ha sido el caballo de batalla de todo gobierno en México desde el inicio del orden constitucional actual, cuando se busca usar la Ley con dolo para obtener un beneficio: el fraude a la Ley en sede constitucional.

Esta figura fue reconocida abiertamente por el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el caso Bonilla, donde se había impugnado la inconstitucionalidad de una reforma a la Constitución de Baja California para extender el mandato del gobernador de la entidad a 5 años, habiéndose realizado con éxito una elección para un cargo de 2 años.

Es decir, se extendió el mandato de forma retroactiva por medio de una ley y esto se hizo bajo la premisa de un mandato constitucional de empatar las elecciones federales con las locales. El ministro explica lo anterior de forma sencilla: “Esto constituye un fraude a la Constitución en sentido técnico, pues simulando actuar en uso de sus competencias, la legislatura en realidad pretendió burlar la voluntad popular”.[1]

El fraude a la ley es cuando uno la interpreta de forma literal para evadir su sentido, se trata de una figura antiquísima que dimana del derecho privado, con su origen en el derecho romano en los dichos de Paulo en el Digesto “Obra contra la ley el que hace lo que la ley prohíbe; y en fraude, el que salvadas las palabras de la ley elude su sentido”.

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Imagen: El Colombiano.

Pongo un ejemplo. Yo le ordeno a mi hijo que vaya a la tienda de la esquina y adquiera un cartón de huevos, dándole la cantidad exacta de dinero para comprarlo. El regresa con lo que le pedí, pero resulta que robó el cartón y se quedó con el dinero; la orden fue que “adquiriera” y él lo interpretó de una forma, violando el espíritu de mi mandato, pues le di los medios para adquirirlos de forma licita.

Aunque esto parece ser muy obvio, al punto de pensarlo como una bobada, el fraude a la ley nunca había sido analizado por la Suprema Corte en la materia constitucional, aun y cuando podrían encontrarse ejemplos en todos los sexenios de formas en que las autoridades aprovecharon el mandato de la ley, para servirse de la misma, violentando su espíritu. No siempre está hecha de una manera tan clara como con el Bonillazo y, en muchos casos, puede ser disimulada por las autoridades.

Enlodar las aguas con decretos vagos, nombramientos irregulares y una legislación truculenta implica varias configuraciones distintas de fraude a la Ley. Repito lo que he dicho antes: hacer bien la maldad tiene su chiste.

A pesar de que puede tener diversas manifestaciones, esta figura tiene una serie de elementos comunes. Para mí, la mejor forma de determinarlos tiene como punto de partida la manera en que Josserand explicó la doctrina del abuso del derecho:[2]

1º Habrá abuso de un derecho cuando el titular disimule bajo el ejercicio de un derecho un acto ilícito, que no figura en el contenido del derecho […] 2º En ciertos casos en que la responsabilidad no está fundada en la culpa, puede resultar del acto realizado en el ejercicio de un derecho porque está ligada aún a una actividad lícita. Se necesita por lo tanto determinar las modalidades del ejercicio del derecho para saber en qué momento empieza la responsabilidad. El acto llamado abusivo es aquí simplemente el acto anormal, es decir aquel que excede las condiciones habituales del ejercicio del derecho. Por ejemplo, un industrial que explota con una autorización administrativa una industria en condiciones tales que causa perjuicio a las propiedades vecinas, es declarado responsable de ese perjuicio y se dice que abusó su derecho.

fraude a la ley
Imagen: Fabricio Vanden Broeck.

Aplicándolo por analogía al derecho constitucional, el fraude a la Ley tiene los siguientes elementos: a) una competencia –entendida como una capacidad de hacer o no– otorgada; b) una autoridad que la ejerce; c) el otorgante de la competencia; d) el acto realizado, e) la normativa violada; f) el daño realizado.  

El fraude a la ley en sede constitucional redunda en una violación del principio de seguridad jurídica, toda vez que se lleva a cabo un acto arbitrario bajo la siguiente premisa: se actúa de una forma que va con los estándares de conducta para dar certidumbre y estabilidad a la ciudadanía.

También resulta en una violación al principio de legalidad ya que el uso indebido de una competencia constitucional implica que la autoridad responsable dejar de ser competente para efectos del artículo 16 constitucional.

Una vez hecha la referencia al caso Bonilla –el cual expone el ministro Zaldívar de mejor forma de lo que podría yo intentar–, considero más conveniente referir al acuerdo presidencial del 11 de mayo en el que el presidente hace uso del transitorio quinto de la reforma constitucional, que al efecto establece lo siguiente:

Quinto. Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

El Ejecutivo Federal incluirá un apartado sobre el uso de la facultad anterior en la presentación del informe a que se hace referencia en la fracción IV del artículo 76.

derechos humanos, balanza
Imagen: Pinterest.

Estos principios que se señalan vienen de la sentencia del Caso Alvarado vs. México de la Corte Interamericana de Derechos Humanos e implican que el Ejército debe desplegarse sólo para lo necesario, por periodos cortos y definidos de tiempo, con una estructura de vigilancia a sus actividades de carácter civil y subordinados en todo tiempo a la autoridad civil, asistiéndolos solamente y no sustituyendo sus labores. Esto no se sigue con el acuerdo, lapso de cuatro años, vigilado por las contralorías de la Secretaría de Seguridad, la de Marina y la de Defensa Nacional, y cumpliendo las mismas labores que las fuerzas de seguridad pública civiles. Existe entonces un abuso a la Ley con los siguientes elementos:

Competencia otorgada. La potestad del transitorio quinto de la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, ésta permite el despliegue de las Fuerzas Armadas para seguridad pública cuando se hace de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
La autoridad que la ejerce. El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
La otorgante de la competencia. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Acto realizado. El “Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Normativa violada por el acto. La propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Daño. Se permite el uso de las Fuerzas Armadas para seguridad pública sin ningún control, por cuatro años, siendo concurrente y no complementaria de las policías locales y de la Guardia Nacional, sin cumplir una finalidad definida ni específica.

Exigir buenos gobiernos implica también un mejoramiento de sus prácticas; para hacer esto, se necesita identificarlas. El fraude a la ley en sede constitucional es un problema sistemático y endémico en el orden constitucional mexicano y necesita ser tomado en serio por académicos, practicantes y comentaristas. Hasta que no se visibilice y se le haga frente, seguirá siendo herramienta confiable del gobierno en turno.


Notas:
[1] Arturo Zaldívar, “‘Ley Bonilla’: fraude a la Constitución”, Milenio.
[2] Ripert, Georges y Jean Boulanger, Tratado de derecho civil según el tratado de Planiol, t. I, La Ley, Buenos Aires, 1963.


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Nuestro frágil Estado de derecho

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Mauri y Kenneth Karger se establecieron en Quintana Roo hace 20 años, provenientes de Texas; les encanta México, sus paisajes, su cultura y su gente, dicen. Llegaron en edad todavía muy productiva; fueron adquiriendo propiedades en la laguna de Bacalar, Puerto Aventuras y un rancho de 2,000 hectáreas cerca de Chetumal. Ahora lo dejan todo atrás, impotentes ante repetidas invasiones de sus propiedades, ante la pérdida del dinero que tenían en el Banco Monex y ante la total impunidad de quienes los han hecho víctimas de sus fechorías.

La historia del fraude bancario de ésa y otras ocho familias estadounidenses radicadas en San Miguel de Allende, fue narrada por la cadena de televisión NBC, por Bloomberg News y otros medios desde septiembre del año pasado; los Karger publicaron su versión, más amplia, el sábado pasado en México News Daily; en ella abundan en experiencias propias y ajenas de horrores vividos durante años en nuestro país, desde épicos asaltos en autopistas hasta batallas legales contra invasores de tierras, una ganada pero que no significa la recuperación del terreno.

Con todo lo grave que son esos delitos, lo extraordinario para los ojos extranjeros –lo que convirtió en reportaje televisivo y de prensa la experiencia de esas familias– fue la impunidad de los victimarios –organizaciones y organismos–, así como el hecho de que el daño no sea reparado. No lo ha sido hasta este momento (NBC News)

fraude en Monex
Ilustración: Michael Driver.

Los afectados demandaron al grupo Monex por doce presuntos delitos, según puede verse en la página web. Si la Comisión Nacional Bancaria y de Valores juega su papel, tendría que estar cerca de las averiguaciones del caso que podrían, eventualmente, llevar a la cancelación de operaciones de Monex en México.

La mayoría de las familias defraudadas se asentaron en San Miguel de Allende, Guanajuato. Relataron a la NBC que Marcela Zavala Taylor fue su ejecutiva de cuenta del Grupo Financiero Monex, en algunos casos durante más de nueve años, a la que visitaban en la sucursal de ese banco en la ciudad.

Monex, con 5.200 millones de dólares en activos y operaciones en Estados Unidos, tenía la confianza de los 10,000 estadounidenses que viven en San Miguel de Allende.

Cuando Zavala y sus depósitos desaparecieron en diciembre de 2018, los afectados se reunieron con funcionarios de Monex y algunos de ellos supieron –según Bloomberg News– que faltaban unos 40 millones de dólares de unas 158 cuentas, la mayoría pertenecientes a estadounidenses. También dijeron que los estados bancarios que Zavala les enviaba, aparentemente eran falsos.

fragil estado de derecho
Ilustración: Benedetto Cristofani.

La mayoría de los afectados dice que el banco les ha dicho poco desde que presentaron sus reclamaciones y algunos comentan que les ofreció arreglos por mucho menos del saldo de sus depósitos.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Condusef, tendría que apoyar las gestiones de los afectados, que tienen todas las de ganar porque no fueron víctimas de un hackeo o fraude externo al banco, como tantos que se cometen a diario, sino de una representante del organismo.

A pesar de tantos problemas que afrontamos en México y en el mundo, el frágil Estado de derecho –las reglas de convivencia y de solución de conflictos sin violencia– debe estar más presente en las acciones del gobierno, de los legisladores, del poder judicial y de la sociedad.


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