Uber puede operar en la ciudad de México con nueva reglamentación colocando al DF, en líder en la materia

Lectura: 2 minutos

La Secretaría de Movilidad publica un nuevo reglamento con el que empresas como Uber deben de cumplir una serie de requisitos, desde el precio del automóvil, componentes a bordo y otros elementos que ponen a México como líder en el sector de transporte mediante Apps.

Ciudad de México.- El transporte mediante Apps en la Ciudad de México acaba de dar un salto de tigre con lo que se coloca al Distrito Federal a la vanguardia en este sector, por lo que empresas como Uber o Cabify pueden comenzar a operar mediante un registro de sus conductores, regulando así este servicio y abriendo oportunidades para que taxistas organizados migren su oferta a aplicaciones móviles.

Dentro de las promesas de esta regulación están un uso eficiente de la gasolina, debido al ahorro en viajes que tendrán los vehículos registrados.

Otro de los elementos que obliga a cumplir esta nueva modalidad de transporte son que el precio de los vehículos sea de al menos 200 mil pesos (factura de origen)

Requisitos:

-Placa de Matrícula del Distrito Federal.

-Número de Identificación Vehicular (NIV) contenida en la Tarjeta de Circulación.

-Póliza(s) de seguro vigente(s) que cubra a todos los ocupantes de la unidad. (Escaneada)

-Folio de la(s) Licencia(s) del Distrito Federal del Operador(es) asignados por vehículo.

-Constancia de que el operador asignado aprobó el curso de capacitación autorizado por la Secretaría y obtuvo la certificación correspondiente.

Datos a tomar en cuenta:

-El sistema emitirá un folio que servirá de identificación por cada vehículo aprobado, el cual haya cubierto las características que determine la Secretaría y lo asociará al permiso de la empresa.

– El titular de la Constancia de Registro deberá pagar los derechos correspondientes por cada vehículo aprobado y que haya obtenido el folio, a través de la página web (www.finanzas.df.gob.mx), o mediante los mecanismos que defina la Secretaría de Finanzas.

– Si algún vehículo no cuenta con el pago de tenencia vigente y/o presenta inconsistencias de titularidad y/o algún reporte de robo y/o no cumple con las características generales que determine la Secretaría, será rechazado o en su caso revocado su registro.

– Si algún operador no cuenta con la licencia para conducir vigente del Distrito Federal, será rechazado o en su caso revocado su registro.

– Una vez transcurridas 72 horas después de realizado el pago de los derechos correspondientes, el titular de la Constancia de Registro, deberá presentarse a las oficinas de la Dirección General de Transporte de la Secretaría de Movilidad ubicadas en las oficinas de Av. Álvaro Obregón 269, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc en esta Ciudad, a recibir el permiso anual, que amparará el número de vehículos aprobados por la Secretaría.

 

Recaudación ira a peatón

Los ingresos generados en la incorporación de vehículos al Registro de operadores de transporte vía Apps, irán al Fondo para el Taxi, la Movilidad y el Peatón, correspondiente al 1.5 por ciento, por cada viaje realizado.

¿Qué prohíben a Uber?

Con la nueva reglamentación emitida por la Semovi, empresas como Uber o Cabify tienen prohibido

-Recibir pagos en efectivo.

-Subarrendar los vehículos concesionados.

-Recibir pago mediante tarjetas prepagadas no bancarias, ni sistemas de pago en tiendas de conveniencia mediante monedero electrónico.

-Hacer base o sitio a los vehículos ni uso indebido de la vía pública.

-Estacionar los vehículos permisionados en domicilios ajenos a los declarados por los operadores asignados.

Por Octavio N. Cervantes.

0 0 votos
Calificación del artículo
Subscribir
Notificar a
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
0
Danos tu opinión.x