¿Qué nuevos impuestos pagaremos en 2014?

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Con el avaló del Senado de la república, se dio a conocer la miscelánea fiscal con los nuevos gravámenes a chicles, botanas y pasteles, entre otros.

México.- Este miércoles se presentó la miscelánea fiscal aprobada por el Congreso de la Unión. A continuación se presentan 20 nuevos impuestos a pagar el próximo año.

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1.- Impuesto a comida de mascotas

El alimento para perro, gato y pequeñas especies aumentará 16%, así como la venta de dicha fauna.

2.- Impuesto al chicle o goma de mascar

Al no considerarse como alimento, los consumidores deberán pagar un gravamen del 16% de IVA.

3.- IVA al transporte terrestre foráneo

Deberá pagarse 16% de IVA a dicho concepto, quedando exentos trenes y transporte en zonas urbanas, suburbanas y zonas metropolitanas.

4.- Homologación del IVA en las fronteras

Se canceló el tratamiento preferencial para pasar del 11 al 16%. Es decir, se elimina la inequidad que se produce en operaciones similares realizadas en el resto del territorio.

5.-  Colegiaturas no pagan IVA

El concepto queda exento de pagar 16% de IVA

6.- Tasa cero en oro y joyería al menudeo

La compra de oro, joyas, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales continuará con tasa cero para ventas intermedias y toda vez que el contenido de oro en el producto sea mínimo 80%.

7.- Espectáculos libres de IVA

Deportes, cine, teatro y circo no tendrán gravámenes.

8.- Gravamen a los refrescos y bebidas azucaradas

Consumidores pagarán 1 peso más por litro a las bebidas saborizadas, así como a los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores que contengan cualquier tipo de azúcares.

9.- Impuesto a alimentos “chatarra” y el pan de dulce aumentará 8%

Se incrementará 8% el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a alimentos que contengan 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, entre los que se encuentran dulces, confites, bombones, chocolates, nieves y helados, galletas y pastas alimenticias, cerveza y refrescos embotellados.

El pan de dulce está incluido por contener azúcar, excluyendo de este concepto al bolillo, el virote, la chapata y tortilla, así como alimentos para bebés y lactantes.

10.- Los puros no pagan nuevos gravámenes

Los tabacos labrados en México están exentos de gravamen por el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS).

11.- Se grava la turbosina

Dicho combustible en aviones y otros querosenos pagarán nuevas cuotas, aumentando a 12.40 pesos por litro.

12.- Excentan gravamen por renta de casas e hipotecas

La compra de una vivienda menor a 3 millones 500,000, el arrendamiento de vivienda y los créditos hipotecarios no pagarán IVA

13.- El impuesto a bebidas alcohólicas no se modifica

Bebidas con graduación de hasta 14º G.L. tendrán impuesto de 26.5%, mientras que las que contengan graduación mayor de 20º G.L., la tasa será de 53%.

14.- Aumenta ISR para los que ganan más

El pago de ISR será del 30% para personas físicas que ganen hasta 750,000 pesos, 32%  para quienes ganen arriba de esa cantidad; 34%  para quienes tengan ingresos de más de 1 millón y 35% para quienes ganen más de 3 millones.

15.- Recursos mineros para los municipios

Las ganancias por la explotación minera pagarán el 7.5% por ingresos. Los municipios donde se lleva a cabo dicha actividad recibirán 50% de los recursos recaudados; las entidades se quedarían con el 30% y la federación con el 20% de los recursos.

16.- Gravar las ganancias de quienes jueguen en la bolsa 

Personas físicas deberán pagar una tasa de 10% sobre la ganancia que obtengan por la compra de acciones. Siendo similar cuando las ganancias se obtengan por residentes en el extranjero.

17.- Se brindará nueva oportunidad a pequeñas empresas

Tendrán Repecos (Régimen de Pequeños Contribuyentes) 10 años para entrar al régimen general.

18.- Permanecen gasolinazos

Los aumentos mensuales serán de 6 centavos para Magna y 8 centavos para Premium.

19.- Se elimina IETU e impuesto por depósitos

Desaparecen el Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) para que los ingresos empresariales se graven solo en el ISR.

20.- Nuevo límite a la deducción de impuestos

Profesionistas podrán deducir un monto máximo de 50% de su ingreso anual total.

 

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