Ciudad de México (elsemanario.com).- En la actualización de su marco normativo, el Registro Civil del Distrito Federal permitirá contar con un acta de nacimiento acorde a su identidad a quienes se hayan sometido a un proceso de reasignación sexogenérica.
Estas disposiciones entraron en vigor el día de ayer y serán aplicadas en los casos en que un juicio especial de reasignación sexo-género concluya a favor del demandante; lo anterior de acuerdo al decreto de reformas y adiciones del Registro Civil que se publicó en la Gaceta de la Ciudad de México.
Para la autorización de esta acta, los interesados deben contar con:
- Solicitud requisitada.
- Oficio emitido por el órgano Jurisdiccional que ordene la inscripción.
- Sentencia ejecutoriada que ordene el registro de la nueva acta por reasignación sexogenérica.
Copia certificada de reciente expedición del acta de nacimiento primigenia. Comparecencia de la persona a registrar con original y copia fotostática simple de su identificación oficial vigente.
Menores de edad
Para estos casos, quien debe comparecer es quien ejerza sobre el menor la Patria Potestad o Tutela y deberá contar con:
- Original y copia fotostática simple de su identificación oficial.
- Comprobante de domicilio.
Autorización del acta de nacimiento por Procedimiento Administrativo de Identidad de Género
Aquí todos los interesados deberán:
- Comparecer personalmente en las Oficinas Centrales.
- Acreditar la nacionalidad mexicana.
- Ser mayor de 18 años.
- Habitante del Distrito Federal.