La presentación, la semana pasada, del borrador de la Ley de Tecnología Financiera (Ley Fintech) indica que las autoridades financieras de México no están dispuestas a avalar las divisas virtuales como moneda legal.
Ciudad de México .- Aun cuando en la nueva propuesta para regular las tecnologías financieras se busca regular y permitir el uso de este tipo de nuevos negocios, las autoridades mexicanas están en contra avalar el uso de las monedas virtuales, como el Bitcoin, esto debido principalmente a que no cuentan con el apoyo de ninguna nación o banco central.
De esta forma Ley Fintech no prohíbe el uso de esta divisa digital pero señala que si una persona piensa comprar o vender un Bitcoin en el país, primero que tendrá que saber es que este tipo de activo virtual no es una moneda de curso legal y no está respaldado por el gobierno federal ni por el Banco de México.
También deberá de ser avisado de la volatilidad de dicho activo y los riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraudes inherentes a éste. El artículo 30 del tercer capítulo del borrador actual, referente a las operaciones con activos virtuales, señala que; “se considera activo virtual la representación de valor registrada electrónicamente utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos. En ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional”.
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En declaraciones retomadas por El Economista, Agustín Carstens, gobernador del Banco de México, descartó identificar al Bitcoin como una moneda de curso legal, debido a que no cuenta con el respaldo de un banco central, ni de una nación que cobre impuestos.
“Está binando, resolviendo algoritmos. Pero eso, más que hacerlo una moneda, lo hace una mercancía, porque no hay nada que asegure su asiento contable en un sistema financiero”, expresó al dar una conferencia magistral en el Instituto Tecnológico Autónomo de México.
Por ello en la propuesta de Ley indica que; “las ITF (instituciones de tecnología financiera) sólo podrán operar con los activos virtuales que sean determinados por el Banco de México mediante disposiciones de carácter general. Para realizar operaciones con dichos activos virtuales deberán contar con la previa autorización del Banco de México”.
Además, el banco central será quien definirá las características de los activos virtuales, así como las condiciones y restricciones de las operaciones y demás actos que se puedan realizar con éstos.
De acuerdo con José Antonio Quesada Palacios, colaborador de El Semanario, las criptomonedas constituyen activos financieros operados por las instituciones de pago electrónico, para el público en general, al valor monetario de mercado e intercambiado contra la recepción de moneda de curso legal, con objeto de servir para hacer pagos y transferencias.
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