A partir de hoy, el Metro CDMX exhorta a los comerciantes a regularizar los Permisos Administrativos de espacios comerciales al interior de la Red y a cumplir con las medidas sanitarias dispuestas en el marco de la contingencia.
El Sistema de Transporte Colectivo (STC) publicó este miércoles, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el acuerdo por el que se da a conocer la reapertura de locales comerciales ubicados al interior de las estaciones del Metro CDMX, la cual es aplicable a todos los permisionarios que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas y documentales.
Los permisionarios deberán acatar los Lineamientos, Normas, Guías y/o Protocolos de Protección a la Salud, conforme a los “Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México”, que les sean aplicables conforme al giro comercial que realicen.
Asimismo, deberán mantener en un lugar visible, la Carta Compromiso que se emita para hacer del conocimiento del STC y usuarios, que se cumplen con todas las medidas sanitarias establecidas por el Gobierno local y con las condiciones, que se establezcan en los Lineamientos, Normas, Guías y/o Protocolos de Protección a la Salud de acuerdo al giro comercial que correspondan.
Previamente a la reapertura del local comercial, el permisionario deberá solicitar por escrito a la Subgerencia de Administración de Permisos Administrativos Temporales Revocables (PATR), la Autorización para realizar trabajos de limpieza, sanitización, desinfección, acondicionamiento, mantenimiento, o en su caso el ingreso o retiro de mobiliario y equipo, de lo contrario se hará acreedor de las sanciones que corresponda conforme al mismo Reglamento.
El incumplimiento con lo dispuesto, podrá hacer acreedor al permisionario de la suspensión de actividades indefinida, reanudando hasta que se subsane dicha infracción previo consentimiento de la Subgerencia de Administración de PATR.
Cabe recordar, que el pasado 16 de junio, el STC publicó el Segundo Acuerdo por el que se determinó la Condonación de Pagos a permisionarios, como un beneficio económico en el contexto de la inactividad comercial por la contingencia sanitaria, lo cual queda sin efecto, por lo cual, los permisionarios deberán pagar su contraprestación mensual de manera regular a partir del mes de enero de 2021 dentro de los primeros cinco días, de lo contrario se harán acreedores a multas y recargos por el pago extemporáneo de la contraprestación.
De un aproximado de tres mil locales y módulos que se encuentran al interior de la Red, el 85% suspendieron actividades desde el pasado 2 de abril, a partir de la determinación por la contingencia sanitaria. El 15% de los locales que se mantuvieron en operación correspondieron a giros relacionados con el sector farmacéutico, laboratorios clínicos, servicios financieros, abarrotes y venta de alimentos empaquetados de origen.