¿En qué consiste la veda electoral? Esto es lo que debes saber

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A partir de este jueves y hasta el 1 de julio, queda estrictamente prohibido cualquier acto proselitista o de campaña de cualquier partido, candidato o militante.

Este miércoles 27 de junio será el último día en que se podrán difundir resultados de encuestas, distribuir o colocar propaganda electoral, así como cualquier acto de campaña. Este jueves inicia de manera oficial la veda electoral.

¿Qué es la veda?

Por disposición oficial, se ha establecido que tres días antes de celebrarse la jornada electoral deberá iniciar el periodo de veda, tiempo para que los votantes reflexionen su voto, revisen las propuestas de los candidatos y eviten distracciones, toda vez que han concluido las campañas.

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La veda, por lo tanto, estará vigente los días 28, 29 y 30 de junio, así como durante la jornada electoral.

¿Qué es lo que no se puede hacer?

Para garantizar que los ciudadanos no tengan interferencias en su toma de decisión, los candidatos no pueden realizar actos proselitistas ni difundir propuestas o promesas de campaña por medios de comunicación como radio, televisión y prensa.

Los partidos y militantes también deben sujetarse a esta medida. También se obliga a retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros de las casillas y no se podrá realizar marchas o manifestaciones en contra o a favor de algún aspirante, ya que todo acto de proselitismo durante este periodo es considerado un delito electoral.

No más encuestas

De igual forma, la legislación mexicana destaca que queda prohibido hasta la hora del cierre de casillas la difusión de resultado alguno sobre la preferencia de votos hacia cualquier candidato o partido. A esta medida deben acatarse también los medios de comunicación, que no pueden difundir encuestas o sondeos de opinión durante este tiempo.

Tampoco se podrá promover mesas de análisis político con representantes de los partidos políticos, en las que se convoque al voto por algún candidato.

Cabe aclarar que todo aquel que incumpla alguna de estas disposiciones será sancionado con base a lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Es importante señalar que los gobiernos local y federal deben suspender totalmente la difusión en medios de todo tipo de propaganda gubernamental. Las únicas excepciones serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relacionadas a servicios educativos y de salud o sobre protección civil en casos de emergencia.

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