El pasado 19 de febrero de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por medio del cual queda prohibida toda actividad de importación de cigarros electrónicos, comúnmente llamados como “vapers”. Esto, bajo el argumento consistente en que las sustancias con las que los cigarros electrónicos funcionan pueden contener productos que, en determinadas cantidades, resultan cancerígenas.
Paralelamente, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (“SCJN”) se estaba discutiendo el impedimento para vender cigarros electrónicos y la violación a la garantía de igualdad.
Al respecto, resulta particularmente cuestionable como este decreto sale publicado justo en el momento en el que se está discutiendo dicha violación derivado del impedimento para vender vapers.
Cabe mencionar que la SCJN se ha pronunciado en otras ocasiones permitiendo el consumo de la marihuana (en ciertos casos y bajo ciertas condiciones) para proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Es decir, la SCJN se pronunció en un par de sentencia diciendo que las personas deberían de tener el derecho para elegir si quieren consumir marihuana.
En este sentido, existen bastantes razones para cuestionar esta repentina prohibición, así como su trasfondo. Por lo tanto, consideramos que es importante ver como se desenvuelven las cosas en los próximos días y cuales son medidas que tomarán los vendedores de cigarros electrónicos y el gobierno.
Asimismo, resulta interesante entender y saber donde está la línea respecto al involucramiento del Estado en las decisiones de sus integrantes.
Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com)