Negocios

Llueven críticas a México por industria eléctrica

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Nuevas reglas del sector eléctrico causa polémica en México

Los empresarios están “en todo su derecho” de acudir a tribunales para dirimir una disputa por nuevas reglas en el sector eléctrico, dijo el presidente Andrés Manuel López Obrador azuzando los ánimos tras la publicación de polémicas normas que refuerzan el control estatal sobre la industria.

“Si no ponemos orden, va a seguir lo mismo: la corrupción. Van a seguir viendo a México como tierra de conquista”, indicó el primer mandatario el lunes 18 de mayo después de que al cierre de la segunda semana del mes la Secretaría de Energía emitió nuevas directrices sobre la industria eléctrica, citando la necesidad de asegurar la confiabilidad del suministro durante la pandemia de coronavirus.

El presidente ha prometido la autosuficiencia energética de México y argumenta que algunos contratos firmados por gobiernos anteriores son abusivos y van en contra de los intereses de los mexicanos.

Polémica empresarial por nuevas normas en el sector eléctrico

Los principales grupos empresariales condenaron el fin de semana las nuevas normas, argumentando que golpearán la confianza de los inversores y frenarán el crecimiento de la energía renovable, a medida que aumentan las tensiones entre el sector privado y el Gobierno.

La disputa supone otro golpe a la relación entre los empresarios y el presidente, quien ha alarmado a los inversores con su insistencia para buscar mayor control estatal en el sector energético, a menudo tratando de modificar compromisos existentes.

El fin de semana posterior al anuncio, Canadá y la Unión Europea enviaron sendas cartas a la secretaria de Energía, Rocío Nahle, planteándole su preocupación por las normas que, dicen, amenazan la inversión extranjera en el sector, una inusual intervención diplomática de algunos de los aliados más cercanos de México.

“Recibí las cartas de la Unión Europea y Canadá, esta semana las voy a responder”, dijo la funcionaria en una entrevista radial. “No se trata de buenos y malos, no se trata de privados y públicos, se trata de tener un orden”.

México responderá a críticas de Canadá y la Unión Europea

La secretaria de Energía de México, Rocío Nahle, dijo el lunes que en breve el gobierno responderá a las cartas que le enviaron la Unión Europea y Canadá cuestionando las nuevas reglas del sector eléctrico, que la funcionaria defendió como una forma de garantizar la confiabilidad del sistema.

La ‘nueva normalidad’ para las empresas

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Medidas que el Gobierno pide a las empresas para reanudad actividades

El regreso a la nueva normalidad tras la cuarentena por la pandemia del coronavirus covid-19, obliga a adecuarse a las medidas que el Gobierno pide a las empresas para reanudad actividades en México.

El freno en la actividad productiva como medidas para contener la propagación del covid-19, colapsó a las empresas en México, sumergiéndolas en una crisis sin precedentes que en algunos casos obligó el cierre o reducción de plazas laborales.

Tras la crisis que frenó al país desde mediados del mes de marzo, se abre una esperanza para la actividad económica que se reanudará de manera escalonada a partir del 1 de junio; sin embargo, el Gobierno mexicano fija medidas sanitarias que buscan garantizar la seguridad sanitaria de los trabajadores y evitar que la curva de contagios vuelva a dispararse, lo que obligaría a uno confinamiento.

Medidas que el Gobierno pide a las empresas

Como parte de dichos lineamientos, se brinda a las empresas listas de medidas de seguridad sanitaria, que estas deberán cumplir.

“Las listas de comprobación de medidas sintetizan el Protocolo de Seguridad Sanitaria elaborado por las empresas e industrias para un retorno seguro al trabajo”, se lee en el documento.

“Igualmente, las listas son una herramienta que ayuda a los centros de trabajo a evaluar el grado de avance los mismos y de sus acciones de retorno, así como a implementar y evaluar de manera correcta las medidas que se adopten antes y durante el reinicio de actividades”.

Detalló que estas están elaboradas para que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas puedan identificar de manera sencilla las medidas que les son aplicables.

A continuación, las acciones que deberán cumplir las organizaciones para el regreso a sus actividades.

En áreas de entrada y salida de trabajo

Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas

-Contar con protocolos de acceso con filtro sanitario que incluya tomar la temperatura corporal de los trabajadores durante el ingreso y egreso de la empresa.

En caso de no ser posible , determinar la temperatura corporal al egreso de las instalaciones antes de que los colaboradores concluyan su turno.

-Tener lineamientos para el control de visitas, proveedores y contratistas en materia de higiene, sana distancia, uso obligado de cubrebocas que debe seguirse al ingreso, permanencia y salida del lugar.

Todas las áreas del trabajo

Medianas y grandes empresas

-Deberán facilitar el teletrabajo a las personas que, por sus condiciones de salud, edad, gestación o lactancia, lo ameriten.

-Las reuniones de trabajo se realizan preferentemente por teléfono o videoconferencia, en caso contrario, se cuida la sana distancia, higiene respiratoria, limpieza y desinfección del lugar, mesas, sillas y objetos de uso común, antes y después de cada reunión.

-Limitarán la realización de eventos sociales.

-Deberán contar con protocolos de limpieza y desinfección diaria de áreas, superficies y objetos de contacto y de uso común, que incluya lavar con agua y jabón, y desinfectar con una solución de hipoclorito de sodio al 0.5% u otra certificada para eliminar SARS-CoV-2.

-Tener mecanismos de supervisión o verificación del cumplimiento a los lineamientos de sana distancia (tecnológicos, visuales, documentales, etc.) que deben seguir los trabajadores.

-Supervisar que las soluciones de agua y jabón no se mezclen con algún otro producto químico.

– Supervisar que la solución de hipoclorito de sodio se prepare de manera diaria y que no se mezcle con ninguna otra sustancia química; en caso de contar con tiras reactivas para la determinación de la concentración de hipoclorito de sodio en ppm, podrá almacenarse la solución siempre y cuando se asegure no disminuir su concentración en más de un 10 por ciento.

-Cuidar que los dispensadores de alcohol gel al 70 por ciento cuenten con las cantidades necesarias por turno de trabajo.

-Revisar que los dispensadores de toallas desechables de papel cuenten siempre con ese material.

-Tener el suficiente número de contenedores (botes de basura) en diversos puntos para arrojar cubrebocas usados o maltratados.

-Promover y comunicar una buena higiene respiratoria en el lugar de trabajo, tal como cubrir la boca y nariz con el codo flexionado o un pañuelo de papel al toser o estornudar.

-Recomendar al trabajador que priorice las opciones de movilidad (traslado de casa al trabajo y viceversa) que le garanticen la distancia interpersonal, promoviendo el uso obligado de cubrebocas y protección ocular o facial durante el trayecto.

– Evitar el uso de joyería, corbatas, barba y bigote debido a que son reservorios de virus y demás microorganismos (fómites).

-Que los trabajadores no compartan celular, utensilios de cocina, EPP, papelería, plumas, etc.

-Establecer lineamientos para que los trabajadores cuiden la distancia social con sus compañeros de al menos 1.5 metros, y en aquellos lugares donde no sea factible se deberá hacerse uso obligado de cubrebocas y protección ocular o facial.

Medianas y grandes

-Si el teletrabajo no es posible, contar con escalonamientos de horarios de ingreso, modificación de turnos, horarios flexibles u otra acción que evite grandes concentraciones de trabajadores en las instalaciones en determinados horarios y espacios de trabajo.

-En cafeterías o comedores, el personal de caja, cocina y meseros deben tener el cabello recogido y cubrebocas.

-En caso de no contar con barreras físicas, se implementan horarios escalonados en comedor, casilleros, vestidores, cafeterías, etc., que eviten aglomeración de trabajadores.

-En caso de que la empresa tenga transporte para sus trabajadores, se tienen consideradas medidas que minimizan el riesgo de exposición, tales como: limpieza y desinfección de la unidad antes de subir a los trabajadores, determinación de temperatura corporal antes de subir al autobús (en caso de que se identifique algún trabajador con temperatura igual o mayor a 37.5 °C no se le permitirá subir, se le solicitará regresar a casa, se tomará registro de sus datos para comunicarlo al área de recursos humanos y servicio médico de la empresa, quién posteriormente lo contactará para dar indicaciones de cuidados de la salud), se otorga desinfectante de manos a los trabajadores al momento de subir al transporte y se refiere el uso obligado de cubrebocas y protección ocular o facial durante el trayecto.

-El código de ética establecerá lineamientos de No Discriminación para las personas que hayan tenido COVID-19 o hayan convivido con algún familiar que lo tenga o haya tenido.

-Se restringirán viajes locales o internacionales, en caso de que sea necesario viajar, cumplir con las medidas preventivas antes, durante y posterior al viaje.

-Promover a través de comunicados (escritos, digitales o impresos) el lavado de manos frecuente, higiene respiratoria, sana distancia, etc.

Equipo de protección personal

Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas

-Se le proporciona al trabajador el equipo de protección personal acorde al tipo de factor de riesgo de exposición al que se encuentra expuesto durante su jornada laboral.

-Durante el tiempo que el trabajador no tiene exposición a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, se le proporciona cubre bocas y protección ocular y facial o se cuidará la sana distancia de al menos 1.5 metros entre trabajadores.

-Se les proporcionará a todos los trabajadores cubrebocas y protección ocular o facial, según lo permita el puesto de trabajo. En aquellas áreas que por su tamaño y distribución de equipos sea complejo, se mantienen distancias mínimas de al menos 1.5 metros entre trabajadores.

-Para el caso de trabajadores que tienen contacto con público, se les proporciona cubrebocas y protección ocular o facial (el protector facial u ocular puede omitirse si se cuenta con barreas físicas y se mantiene la distancia de 1.5 metros entre trabajador y cliente).

-Todos los trabajadores tienen acceso a agua, jabón, toallas desechables de papel, así como a alcohol al 70 por ciento o gel desinfectante.

Medianas y grandes

-La protección ocular o facial que se otorgue al trabajador permitirá amplia visibilidad, preferentemente con protección lateral y superior, y son antiempañantes.

Capacitación

Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas

-Deberán tener un programa de capacitación para el personal directivo sobre las acciones para prevenir y evitar cadenas de contagio por COVID-19, puede hacerse uso del material de CLIMSS. Revisar aquí.

-La capacitación se hará de manera presencial asegurando la sana distancia entre los trabajadores, con uso de gel antibacterial al ingreso y uso de cubrebocas obligatorio durante todo el proceso de capacitación.

Medianas y grandes

-El programa de capacitación y difusión de información deberá incluir: hábitos saludables, estilo de vida, familia, apoyo para el control de enfermedades crónico-degenerativas para evitar complicaciones por COVID-19, higiene de manos, higiene respiratoria, higiene del vestido, sana distancia, no saludar de beso, abrazo o de mano, etc.

-En caso de contar con los recursos tecnológicos, se priorizará la capacitación a distancia.

Promoción a la salud

Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas

-Tener un programa de salud física y mental para los trabajadores, referente a los cuidados de COVID-19 que incluya: un protocolo para manejo de trabajadores sospechosos, contactos, confirmados y su reincorporación laboral; así como de promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud en los trabajadores que pueden generar complicaciones por COVID-19.

-Así como un instrumento para identificar síntomas en trabajadores y las personas con las que han tendido contacto en el trabajo y comunitarios.

-Contar con herramientas que permitan identificar a trabajadores con factores de riesgo ante el COVID-19, las compañías pueden hacer uso de la herramienta en este link.

-Tener lineamientos para identificar factores de riesgo psicosocial, como violencia laboral, carga mental, entorno organizacional, etc.

-Dar facilidades para que el trabajador pueda acudir a atención médica fuera de la empresa.

-Tener una guía de actuación en caso de que un trabajador manifieste síntomas de COVID-19, con la finalidad de protegerlo, así como al resto de los trabajadores y a su familia, lo cual incluirá: lineamientos para manejo de trabajadores sospechosos, contactos, confirmados y su reincorporación al trabajo.

Medianas y grandes

-Realizar exámenes médicos periódicos que permitan la prevención atención, control de problemas de salud o dar facilidades para que el trabajador pueda acudir a atención médica fuera de la empresa.

-Contar con guía de actuación en caso de que un trabajador manifieste síntomas de COVID-19, con la finalidad de protegerlo, así como al resto de los trabajadores y su familia, incluyendo: lineamientos para manejo de trabajadores sospechosos, contactos, confirmados y su reincorporación al trabajo.

-Promover y comunicar una buena higiene respiratoria en el lugar de trabajo, tal como cubrir la boca y nariz con el codo flexionado o un pañuelo de papel al toser o estornudar.

Planeación y gestión

Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas

-Contar con un comité o persona responsable de la implementación, seguimiento y supervisión de las medidas para la Nueva Normalidad en el marco del COVID-19.

-El centro de trabajo se encuentra entre los sectores esenciales enlistados en el artículo primero, fracción II, del “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, de fecha 31 de marzo de 2020 y el “Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias”, de fecha 14 de mayo de 2020.

-Tener identificado el criterio de alerta sanitaria (rojo, naranja, amarillo o verde) para la localidad en la que se encuentra el centro.

-Definir las acciones a implementar en el centro de trabajo, considerando las áreas y/o departamentos con las que cuenta el centro de trabajo (oficinas, bodegas, áreas de atención al público y áreas comunes) e identificar al personal en situación de vulnerabilidad o mayor riesgo de contagio.

-Contar con un listado de teléfonos de emergencia que incluya instancias de contacto en caso de emergencias sanitarias.

Grandes empresas

-El Plan de Continuidad de Negocios (BCP) tiene considerado el riesgo de contingencias sanitarias.

-El mapa de riesgos del centro de trabajo incluye las áreas, puestos de trabajo y/o actividades con riesgos biológicos.

-El diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo contempla los agentes biológicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente de trabajo que, por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción, pueden alterar la salud de los trabajadores, así como las fuentes que los generan.

-La empresa deberá tener un programa de seguridad y salud en el trabajo o relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, para contingencias sanitarias.

-El Programa Específico de Protección Civil contempla acciones ante riesgos sanitarios.

-El centro de trabajo debe formar parte de un Grupo de Ayuda Mutua que brinde soporte ante riesgos sanitarios.

-La planeación de la compañía debe contemplar a las contingencias sanitarias como una amenaza en el caso de usar el análisis FODA ((Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, Amenazas) o alguna otra herramienta para el análisis de contexto.

Vuelos ‘gratis’ para viajar después de la cuarentena

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Aerolíneas lanzan oferta de vuelos gratis después de la cuarentena

Las aerolíneas enfrentan una de las peores crisis por el freno que sufrieron tras la suspensión de actividades y el confinamiento de la crisis sanitaria del coronavirus y, en busca de contrarrestar sus cifras en picada, lanzan ofertas ‘irresistibles’ con viajes ‘gratis’, pero con letras chiquitas.

Volaris, por ejemplo, publicó una oferta de vuelos por 0 pesos más impuestos y servicios adicionales para los viajeros que pertenezcan a su club de lealtad y adquieran sus boletos este jueves, para volar martes y miércoles en el periodo julio-agosto.

Interjet ha ofrecido a sus clientes boletos sencillos desde 450 pesos para volar desde y a la Ciudad de México en las 6 rutas que mantiene activas, con una vigencia que depende de la disponibilidad de asientos.

Viva Aerobus propone viajes para el siguiente año entre enero y marzo, los viajeros  que pertenecen a su plan de fidelidad tendrán tarifas desde 298 pesos en viajes sencillos, además de que este jueves la aerolínea lanzó un seguro de viajero que permite el reembolso total del costo del boleto de avión, este con un costo adicional que inicia en los 50 pesos.

Aeroméxico ofrece viajes redondos por mil 626 pesos para volar a Cancún, mientras que a Barcelona, la tarifa comienza en los 799 dólares para viajar hasta el 15 de diciembre.

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Industria automotriz la excepción a la regla

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Industria automotriz en México podrá reanudar actividades antes del 1 de junio

Las compañías de la industria automotor en México, fuertemente vinculadas con las cadenas de producción de Estados Unidos, podrán reanudar operaciones antes del 1 de junio si establecen protocolos seguros para evitar la transmisión del coronavirus, dijo el viernes el gobierno mexicano.

Las autoridades crearon confusión esta semana sobre la reapertura de la industria automotriz, que genera un millón de empleos en el país, después de informar primero que sería el lunes y aclarar después que sería el próximo mes.

La nueva instrucción para el reinicio de actividades, anunciada en el Diario Oficial de la Federación y que incluye también a la minería y la construcción, se produce después de que las tres industrias fueron incluidas esta semana como actividades económicas esenciales.

El Gobierno aclaró el viernes que se trata de un acuerdo de buena voluntad entre las partes. “Si no se cumple se procederá a la clausura de las empresas o industrias que pongan en riesgo la salud de sus trabajadores”, dijo.

Washington y las automotrices de ambas naciones han estado presionando a las autoridades mexicanas para que se reabran las fábricas rápidamente porque los armadores tendrán dificultades para operar sin partes que provienen del sur de la frontera.

La diseminación del coronavirus ha dejado en México más de 42,000 contagios y casi 4,500 fallecidos, por los más de 1.4 millones de infectados y 85,000 muertos de Estados Unidos.

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Medidas sanitarias para reanudar industria de la construcción, automotriz y minera

Las autoridades mexicanas presentaron un protocolo de seguridad sanitaria para permitir la reanudación de la industria de la construcción, automotriz y minera

Las medidas sanitarias para reanudar la industria de la construcción, la automotriz y la minera, así como fábricas de equipos de transporte, fueron reveladas por la Secretaría de Salud, protocolos con que empresas deberán cumplir para poder reactivar sus actividades productivas tras la contingencia del coronavirus covid-19.

La premura por reanudar actividades productivas en estas industrias claves para la economía se programan para el 1 de junio; sin embargo, no podrán realizarse sin antes realizar las adecuaciones pertinentes que garantices la seguridad sanitaria de sus trabajadores.

En el acuerdo modificatorio, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el viernes 15 de mayo se establece que estos negocios podrán comenzar sus preparativos a partir de junio y compromete a las empresas a presentar una propuesta de protocolos de seguridad sanitaria que sigan los lineamientos establecidos por las secretarías de Salud, Economía y del Trabajo y Previsión Social.

“La presentación, aplicación y aprobación de los protocolos, a los que se refiere la fracción anterior podrá darse al mismo tiempo que se lleven a cabo las medidas de preparación para la entrada en operación de las empresas”, aclaró el documento.

Los negocios tendrán hasta el 1 de junio para el establecimiento de las medidas de seguridad sanitaria. La Secretaría de Salud enfatizó que las empresas en cuestión podrán reanudar sus actividades solo si el proceso se completa y aprueba antes de esa fecha.

El miércoles 13 de mayo, Hugo López-Gatell, subsecretario de Salud, enfatizó que dichas acciones podrían afectar, por ejemplo, el número de empleados que pueden estar al mismo tiempo en una planta.

El aforo de empleados podría verse reducido en 75, 50 o 30 por ciento, de acuerdo con el estado de la pandemia del nuevo coronavirus en cada región del país.

Si bien la dependencia mencionó que este es un “acuerdo de buena voluntad”, también subrayó que se reserva el derecho de clausurar las empresas o industrias si estas no cumplen con los protocolos y ponen “en riesgo la salud de los trabajadores”.

Estas acciones forman parte de la segunda etapa que el Gobierno contempla para la reapertura de actividades por la pandemia del COVID-19.

¿Por qué Netflix y otras aplicaciones me van a cobrar IVA?

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En días pasados se han visto una serie de comentarios en redes sociales respecto al “nuevo” cobro del IVA por parte de las plataformas digitales. El motivo de este cobro no es un nuevo IVA, ya que la obligación de pagarlo ya estaba en ley. Sin embargo, se cambió la forma de hacerlo para facilitar su recaudación.

Normalmente, estas plataformas digitales prestan sus servicios desde el extranjero y, por lo tanto, se considera que los consumidores estan importando un servicio. Ahora bien, antes los consumidores debían de hacer el pago de ese impuesto al SAT directamente. Sin embargo, era poco común que las personas lo hicieran, debido a que su pago resultaba complicado y poco práctico. Derivado de la reforma fiscal, en vez de que los consumidores sean quienes deban de pagar este IVA, las plataformas serán quienes deberán hacerlo.

Por ejemplo, si un adolescente contrataba los servicios de Netflix, eran pocas o nulas las probabilidades de que dicho adolescente se tomara la molestia de pagar el IVA por los servicios que estaba “importando”. En vez de hacer que el adolescente pague el IVA, Netflix se lo cobra y lo paga al SAT directamente.

Ahora bien, existen casos en donde el consumidor final no está en México, pero la plataforma debe de pagar el IVA en el país. Esto, ya que para determinar si el consumidor está ubicado en México se toma en cuenta cualquiera de los siguientes supuestos: i) el domicilio manifestado por el consumidor, ii) la ubicación de su cuenta bancaria, ii) su dirección IP o iv) su número de teléfono. Cabe mencionar que no necesariamente por caer en estos supuestos significa que el consumidor está en México. Esto, ya que se puede cumplir con alguno de estos y estar en otro país.

A manera de ejemplo, si una persona paga sus aplicaciones de su cuenta de banco mexicana, pero estudia en Estados Unidos, el servicio se estaría recibiendo y prestando fuera de Mexico. Sin embargo, con base en la reforma fiscal, el IVA se debe de pagar en México. Para tales efectos, la OCDE recomendó que el IVA se cobre solo cuando se actualicen dos supuestos, para evitar este tipo de distorsiones. Sin embargo, el Gobierno hizo caso omiso a dichas recomendaciones.

Si bien es cierto que es un IVA que se debía de pagar en una gran parte de los casos, seguimos viendo una rigidez por parte del Gobierno en aplazar temas relacionados con el cobro de impuestos durante la pandemia, cuestión que ha dejado a muchos ciudadanos desconcertados.

Asimismo, vemos a dichas plataformas trabajar duro para mejorar sus servicios, con la finalidad de evitar una posible pérdida de clientes derivado de este acontecimiento. Por lo tanto, sería recomendable que se aplace esta nueva obligación para las plataformas hasta que se tranquilice la situación.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com), Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com)

Las empresas mal portadas en cuarentena

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Empresas que no incumplen en las medidas de salud por contingencia

No todos se han portado bien en esta cuarentena y el 5 por ciento de las empresas incumplen en las medidas de salud por contingencia del coronavirus y mantienen a su personal laborando y ofreciendo servicios no esenciales, incrementando el riesgo de propagación de la pandemia.

La secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde, expuso el lunes 11 de mayo que solo el 5 por ciento de las empresas en el país no ha cumplido con las medidas sanitarias de cierre ante la pandemia de COVID-19.

“El 95 por ciento de empresas, negocios, cumplen con estas medidas y en el 5 por ciento aún hay resistencia. En efecto, este porcentaje ha venido bajando en las semanas que hemos venido presentando este informe”, indicó en la conferencia de prensa matutina.

Explicó que en este porcentaje de compañías que incumplen también ha habido una variación, pues al principio eran sobre todo las empresas automotrices y de maquila, aunque actualmente hay mayor cumplimiento en dichos sectores.

No obstante, destacó que hay 26 por ciento de incumplimiento en el sector de la venta de automóviles y recordó a las marcas que esta no es considerada una actividad esencial.

Algunas de las empresas que no han cumplido

“El caso Benotto, es una tienda fábrica en la Ciudad de México, en Iztacalco, se hizo en conjunto con el Gobierno de la Ciudad de México un operativo y llama la atención no solo que continuaban con labores sino que se resistieron a la verificación. Algunos trabajadores mencionaron que habían sido escondidos”, reportó Alcalde.

En el caso de Office Max, indicó que se trata de algunas tiendas en Guadalajara y Morelia que todavía no cerraban, pese a recomendaciones.

La funcionaria reiteró el llamado a acatar las normas y precisó que esperaba que a partir de la próxima semana las empresas cumplieran.

Suspensión de plazos fiscales en perjuicio de los contribuyentes

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En días pasados se publicaron las versiones anticipadas de las reglas del SAT mediante las cuales se suspenden plazos para realizar algunos actos que no puedan realizarse mediante la página del SAT, así como ciertas actividades de dicho órgano.

Esta suspensión se extenderá del 4 al 29 de mayo y su motivo deriva de las medidas para prevenir la propagación del coronavirus. Cabe mencionar que estás reglas fueron publicadas en la página del SAT y no en el Diario Oficial de la Federación, por lo que su entrada en vigor es discutible. Ahora bien, entre dichas actividades se destacan las siguientes:

I. La presentación y resolución de medios de defensa por vía administrativa (recurso de revocación o de inconformidad) que no puedan presentarse electrónicamente;

II. El inicio y conclusión de auditorías fiscales y;

III. La presentación o resolución de diversos trámites frente al SAT.

Asimismo, se estableció que los individuos podrán presentar su declaración anual hasta el 30 de junio de 2020. Por otra parte, se reiteró que los plazos para pagar impuestos y para embargar a los particulares no serán suspendidos.

Ahora bien, tomando en cuenta que las actividades de cobro de impuestos son consideradas como esenciales, los funcionarios seguirán trabajando durante todo este tiempo. En consecuencia, dichos funcionarios pueden seguir revisando toda la información que se proporciona de manera electrónica y preparar un caso para iniciar una auditoría en cuanto se reanuden las auditorías fiscales o analizar con margen de detalle las auditorías que están por caducar. Es decir, los plazos para que caduquen las auditorías fiscales o prescriban los créditos fiscales se suspenderán en beneficio del SAT.

Parece ser que estás medidas sólo estan pensadas para no afectar la recaudación de impuestos, perjudicando los derechos de los particulares. Por lo tanto, es recomendable que se tomen medidas adicionales que no perjudiquen sus derechos. Por último, es importante analizar las actividades que se puedan consideran suspendidas de manera casuística, ya que la redacción de dichas reglas tiene áreas de oportunidad.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com )