Reparto de utilidades: ley y obligaciones de la empresa

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El reparto de utilidades es un derecho de todo trabajador, mismo que se debe entregar entre mayo y junio de cada año y el incumplimiento de esta obligación puede llevar a multas costosas para la empresa.

Ciudad de México – El reparto de utilidades o también conocido como PTU, se realiza después de que una empresa haya presentado su declaración anual, para lo cual tienen hasta junio para realizar los pagos correspondientes a sus empleados.

Lo anterior según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT), misma que señala que el incumpliendo de este derecho puede llevar multas para la empresa desde los tres mil 774 pesos y hasta los 337 mil pesos.

De acuerdo con Mirna Ortega, gerente de Servicios y Especialista en Nómina y Seguridad Social en la empresa Software SICOSS, señala que el pago de la PTU debe hacerse en los 60 días posteriores a la declaración del Impuesto Sobre la Renta anual (Art. 122 LFT) de la compañía; impuesto que debió haberse presentado como máximo en los tres meses siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal (Art. 10 LISR) de la compañía.

“Si sus empresas son personas morales, la PTU deberá pagarse a los colaboradores en el mes de mayo; o bien, en junio si son personas físicas”, acotó la experta.

Según la ley son sujetos obligados a repartir utilidades, toda persona con actividades de producción o distribución de bienes o servicios que tenga trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

Pero se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia. Tampoco a empresas cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria; y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia y sin propósitos de lucro.

Por su parte, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), indicó que, a través de su personal de Inspección Federal, realiza permanentemente acciones de vigilancia sobre el cumplimiento del derecho laboral por parte de los patrones, verificando que se haya realizado, entre otros, el pago de utilidades.

La dependencia federal informó que los trabajadores que laboren para personas morales (empresas) deberán recibir este derecho a más tardar el 30 de mayo, mientras que en el caso de quienes lo hacen para una persona física con actividad empresarial (patrón), la fecha límite es el 29 de junio.

La dependencia declaró que el incumplimiento del Reparto de Utilidades en tiempo y forma podrían generar, en contra de la empresa o el patrón, multas equivalentes a entre 50 y cinco mil días conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

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Oscar

Es cierto que la empresa no tiene el derecho de dar utilidades hasta después de 5 años en función?

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