Semáforos Financieros y Criterios de Convergencia

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Hace unos días me enteré que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) había propuesto un sistema de alertas –muy didáctico, por cierto– para que las administraciones estatales, y de paso los ciudadanos, puedan saber qué tan grave es su problema de deuda pública. Es decir, que cuando el semáforo marque endeudamiento elevado significa que la entidad ha excedido los máximos posibles que sus propias leyes le imponen o los criterios adoptados por calificadoras con base a disposiciones de carácter nacional e internacional. Por el contrario, la entidad que obtenga endeudamiento sostenible en el semáforo, estaría en una posición de buen administrador o que aún puede apostar un sistema que les permita financiar bienes de uso perenne –normalmente infraestructura –. También habrá una alerta intermedia que sería endeudamiento en observación.

Con este tipo de alertas deben dispararse acciones al interior de las finanzas estatales para ajustar el gasto o recaudar mejor, así como gestionar mejor los fondos federales que apuntalan las finanzas públicas de los estados. Algunas entidades han establecido topes de endeudamiento conforme a porcentajes de su propio presupuesto; en caso de rebasar dichos porcentajes, las legislaturas locales deberán autorizar los montos de endeudamiento y los mecanismos para solventarlos a futuro. Algunas legislaciones estatales establecen muy bien los conceptos por los cuales es permitido contratar deuda, mientras que otras aún deben trabajar estos delicados aspectos de sus finanzas públicas.

Hace casi veinte años la Unión Europea incluyó un término muy innovador con el propósito de construir el ambiente financiero propicio para construir la Eurozona, éste fue Criterios de Convergencia. En ellos se establecieron parámetros de disciplina financiera muy estrictos para todos los integrantes de aquella época. Italia fue el único país integrante que incumplió los criterios de convergencia, pero finalmente aceptaron su ingreso argumentando que era impensable que este país fundador de este gran bloque económico, político y comercial, estuviera fuera de este sistema.

La SHCP hace mucho que aplica medidas de disciplina financiera para el gobierno federal, pero ciertamente incurre en laxitudes cuando los casos son extremos. Aplicar estos semáforos puede acarrear reacciones diversas, pero no dejará de ser un mero indicador para esbozar la situación financiera de las entidades. Las leyes que deberían incluir Criterios de Acceso a nuevos fondos participables destinados a financiar programas de carácter extraordinario, pudieran ser, por lo menos, la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley General de Deuda Pública así como la Ley de Disciplina Financiera para las Entidades Federativas y los Municipios, y la Ley de Contabilidad Gubernamental.

Los Criterios de Acceso pudieran ser sus niveles de deuda pública, déficit fiscal, porcentajes de recaudación respecto a su presupuesto anual, y el peso del sector público sobre su presupuesto. Y ya que estamos por el barrio, no estaría mal hacer consideraciones sobre infraestructura escolar y penitenciaria, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Habrá que amarrar desde arriba aspectos trascendentales de la vida nacional. Ello nos llevará a una cascada de reformas y adiciones a leyes y reglamentos generales, federales, estatales, reglas de operación de programas federales y estatales, y un largo etcétera, pero por algo habrá que empezar.

Seguramente la mayor parte de los partidos apoyará acciones encaminadas a combatir la opacidad en las cuentas públicas, certidumbre en las inversiones, impacto en el bienestar general, planeación estratégica, profesionalización del gobierno y consolidación institucional. Todo ello es congruente con los famosos presupuestos basados en resultados (PbR).

Es decir, que los Criterios de Acceso establecerían como condición el alcance de metas debidamente evaluadas y comprobadas, para poder acceder a otros fondos aún mayores para detonar proyectos de mayor envergadura. Hay parámetros que por décadas pretendemos trasponer, pero a lo largo de todo ese tiempo no se ha logrado, principalmente por escandalosos casos de corrupción; sin embargo, hay quienes aun llevando en orden sus finanzas públicas y privadas, no han obtenido los resultados deseados porque simplemente aspectos que son de interés nacional, no constituyen una prioridad para determinadas entidades. El que da el dinero tiene derecho a exigir información y resultados bajo sus propias reglas.

Generar acicates es una medida infalible. Las buenas calificaciones siempre traen regalos. El establecimiento de Criterios de Acceso a fondos especiales de desarrollo en México, pueden estabilizar regiones enteras, así como transparentar la aplicación de recursos federales.

Por prejuicios históricos aún no hemos podido lograr que el artículo 117 constitucional sea reformado para permitir, bajo reglas estrictas y mecanismos de resolución de controversias, firmar convenios y acuerdos a las entidades federativas para el desarrollo de políticas comunes. Los Criterios de Acceso encajarían perfectamente en grandes proyectos de impacto regional cuyos beneficios impacten a un número importante de la población.

México sigue siendo un país en continua construcción. Desde la edificación de su democracia electoral debemos arrastrar criterios democráticos a todos los aspectos de la vida nacional.

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