Ponen a dieta a la TV – Quitan anuncios de dulces

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Debido a los alarmantes índices de obesidad infantil y complicaciones por esta condición, la Secretaría de Salud prohibió la publicidad de botanas, confitería y bebidas saborizadas en TV. Sólo podrán hacerlo en horario de adultos.

Ciudad de México.- Botanas, bebidas saborizadas, chocolates, productos similares a chocolates y productos de confitería ya no podrán anunciarse en la televisión, al menos en horarios donde no se registren niveles de una audiencia de entre cuatro y doce años de edad.

De esta forma los productos chatarra no podrán anunciarse de 14:30 de la tarde a 19:30 de la noche, esto de lunes a viernes, mientras que en fines de semana, la prohibición para publicitarse será de las siete de la mañana a las 19:30 de la noche.

Estos productos únicamente tienen libertad para anunciarse en la proyección de todo tipo de contenidos en salas de exhibición cinematográfica (en películas cuya clasificación oficial sea B, B15, C o D), durante la transmisión de telenovelas, deportes, noticieros, series cuya clasificación oficial o de origen no se considere apta para menores de edad y películas (clasificación B, B15, C o D).

Los productos que no tendrán impedimento en horarios de publicidad (tanto en TV pública como restringida) son el agua para consumo humano, alimentos para niños de corta edad, goma de mascar sin azúcar, pastillas para el aliento sin azúcar y harinas con excepción de las preparadas.

Anuncios calóricos, solo con permiso especial

A partir de hoy las marcas comerciales de golosinas que busquen anunciarse en los horarios prohibidos por la Secretaría de Salud, tendrán que solicitar el permiso a la Secretaría por escrito en el formato oficial membretado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, acompañado de la información y documentación como es la marca y denominación del producto; nombre y Registro Federal de Contribuyentes del responsable de la publicidad; el medio publicitario que se utilizará, la medición de audiencia en la que se acredite que no existe una audiencia superior al 35% de personas entre cuatro y doce años de edad, esto en el programa en el cual se publicitará el producto, misma que deberá de ser realizada por una entidad que no esté sujeta a influencia directa o indirecta del anunciante o del medio de difusión en el que se anunciará el producto. Dicha medición deberá realizarse a través de una encuesta con representatividad nacional.

La marca que solicite el permiso tendrá que esperar hasta 20 días para que le sea autorizada su promoción en TV.

La medida tomada por el gobierno federal se da luego de que México, dentro de la OCDE, ocupa el octavo lugar de obesidad infantil en niños. Debido a esto, la restricción en publicidad buscará reducir la exposición que los niños tienen frente a la publicidad de productos con un alto contenido calórico.

De manera colateral, la SSA afirmó que se estará estimulando una dieta correcta de los niños mexicanos, modificando la información que reciben a través de la televisión abierta y restringida, así como en las salas de exhibición cinematográfica, tomando en cuenta los estándares internacionales en esta materia, para que la publicidad de dichos productos ya no propicie hábitos que distorsionen la “buena nutrición”.

Por Octavio N. Cervantes.

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