Telefónicas obligadas a informar a usuarios, estatus de migración de sus líneas

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De esta forma, los usuarios tendrán una mayor toma de decisiones, favoreciendo la elección del operador, basada principalmente, en aquel con las mejores tarifas y la mayor calidad del servicio.

Ciudad de México.- La Portabilidad Numérica (PN), que es la posibilidad de conservar nuestro número telefónico al cambiar de operador de telecomunicaciones, ahora tras diversas modificaciones hechas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, se resolvió que dentro del proceso, las compañías telefónicas tendrán que hacer el envío de un mensaje de texto al usuario móvil, con la intención de migrar su línea para notificarle del inicio del proceso, junto con un NIP de portabilidad que deberá facilitar a la empresa a la cual desea cambiarse.

Esta libertad regulatoria permitirá a los consumidores una mayor toma de decisiones, favoreciendo la elección del operador, basada principalmente, en aquel con las mejores tarifas y la mayor calidad del servicio.

De acuerdo a The Competitive Intelligence Unit como medida regulatoria, la PN representa una condición necesaria para incrementar la calidad del servicio y, al mismo tiempo, para promover un entorno competitivo en el sector. Por esta razón, la instrumentación de la PN recae directamente sobre el órgano regulador, quien debe asegurar las condiciones para su cabal funcionamiento, establecer los términos y especificaciones del proceso, así como sancionar las posibles prácticas de retención que el operador donante pudiera efectuar para evitar perder a sus usuarios.

Datos de portabilidad

Desde junio de 2008 a la fecha, se han portado 14.78 millones de líneas, de las cuales, nueve de cada diez pertenecen al segmento móvil. En términos de competencia, los resultados obtenidos no han correspondido con el objetivo primordial, esto es favorecer a los competidores, puesto que el operador dominante en el segmento ha captado, en términos netos, la mayor parte de los usuarios que han portado sus números.

Ante estos resultados, es indudable que la instrumentación de la Portabilidad Numérica debe ir acompañado con otros similares para inducir a la competencia efectiva, como la regulación asimétrica de las tarifas de interconexión y la eliminación de discriminación entre las tarifas on-net y off-net, evitando con ello la generación de ‘efectos club’ en el segmento y fomentando así un mejor desempeño de la medida.

Anteriormente, al autorizar la portación de la línea sólo se recibía el NIP, sin hacer mención del inicio del proceso. A partir de esta modificación, se busca reducir las prácticas engañosas y desleales a la competencia, puesto que algunos operadores aprovechaban la PN como mecanismo para transferir usuarios, especialmente en prepago, a sus redes sin notificar al usuario. La implementación de este requisito en la PN representa una señal positiva de que el órgano regulador es sensible a las necesidades de transparencia de los usuarios y a los problemas que acarreaba el proceso.

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