El traslado a tu lugar de trabajo, ¿debería contar como parte de tu jornada laboral?

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Manuel es un prestador de servicio de limpia. La empresa que lo ha contratado, le pide que vaya a una oficina u a otra, nunca es algo fijo. ¿Sería justo que las dos o tres horas que se tarda Manuel en llegar a cualquiera de sus destinos, se lo tomaran como parte de su jornada laboral? En México esto es un sueño, sin embargo, en Europa es toda una realidad.

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Según una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia, el tiempo de movilización de los trabajadores que no tienen un lugar fijo de trabajo debe ser considerado parte de la jornada laboral.

Específicamente, la sentencia se refiere al tiempo que tardan los trabajadores en llegar a su primer compromiso del día y luego en regresar a sus casas al terminar la jornada.

Por esta razón, algunas empresas, como las que emplean a cuidadores, plomeros y representantes de ventas pueden estar incumpliendo las reglas europeas sobre la jornada laboral.

“Puede ser que los empleadores tengan que organizar los horarios de trabajo para asegurar que las primeras y últimas citas de sus trabajadores se den cerca de sus casas”, sostuvo Clive Coleman, corresponsal de asuntos legales de la BBC.

Por su parte, el tribunal dijo que la sentencia es para proteger la “salud y seguridad” de los trabajadores, como establece la directiva de jornada de la Unión Europea (UE).

El objetivo de esta sentencia, la cual fue diseñada para proteger a los trabajadores de la explotación, es asegurar que ningún empleado de la Unión Europea está obligado a trabajar más de la media de 48 horas a la semana.

¿Cuál fue el detonante de esta propuesta?

La sentencia se produjo tras un caso legal en España con una empresa llamada Tyco, la cual se dedica a instalar sistemas de seguridad.

Esta empresa cerró sus oficinas regionales en 2011, lo que produjo que los trabajadores tuvieran que cubrir distintas distancias para llegar a su primera cita del día.

“El hecho de que los trabajadores empiecen y acaben sus jornadas en sus casas se deriva directamente de la decisión de la empresa de cerrar las oficinas regionales y no el propio deseo de los trabajadores”, señala la sentencia.

“Pedirles que carguen con la decisión de su empresa sería contrario al objetivo de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores que persigue la directiva, que incluye la necesidad de garantizar un periodo mínimo de descanso”, agrega.

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