¿Por qué Netflix y otras aplicaciones me van a cobrar IVA?

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En días pasados se han visto una serie de comentarios en redes sociales respecto al “nuevo” cobro del IVA por parte de las plataformas digitales. El motivo de este cobro no es un nuevo IVA, ya que la obligación de pagarlo ya estaba en ley. Sin embargo, se cambió la forma de hacerlo para facilitar su recaudación.

Normalmente, estas plataformas digitales prestan sus servicios desde el extranjero y, por lo tanto, se considera que los consumidores estan importando un servicio. Ahora bien, antes los consumidores debían de hacer el pago de ese impuesto al SAT directamente. Sin embargo, era poco común que las personas lo hicieran, debido a que su pago resultaba complicado y poco práctico. Derivado de la reforma fiscal, en vez de que los consumidores sean quienes deban de pagar este IVA, las plataformas serán quienes deberán hacerlo.

Por ejemplo, si un adolescente contrataba los servicios de Netflix, eran pocas o nulas las probabilidades de que dicho adolescente se tomara la molestia de pagar el IVA por los servicios que estaba “importando”. En vez de hacer que el adolescente pague el IVA, Netflix se lo cobra y lo paga al SAT directamente.

Ahora bien, existen casos en donde el consumidor final no está en México, pero la plataforma debe de pagar el IVA en el país. Esto, ya que para determinar si el consumidor está ubicado en México se toma en cuenta cualquiera de los siguientes supuestos: i) el domicilio manifestado por el consumidor, ii) la ubicación de su cuenta bancaria, ii) su dirección IP o iv) su número de teléfono. Cabe mencionar que no necesariamente por caer en estos supuestos significa que el consumidor está en México. Esto, ya que se puede cumplir con alguno de estos y estar en otro país.

A manera de ejemplo, si una persona paga sus aplicaciones de su cuenta de banco mexicana, pero estudia en Estados Unidos, el servicio se estaría recibiendo y prestando fuera de Mexico. Sin embargo, con base en la reforma fiscal, el IVA se debe de pagar en México. Para tales efectos, la OCDE recomendó que el IVA se cobre solo cuando se actualicen dos supuestos, para evitar este tipo de distorsiones. Sin embargo, el Gobierno hizo caso omiso a dichas recomendaciones.

Si bien es cierto que es un IVA que se debía de pagar en una gran parte de los casos, seguimos viendo una rigidez por parte del Gobierno en aplazar temas relacionados con el cobro de impuestos durante la pandemia, cuestión que ha dejado a muchos ciudadanos desconcertados.

Asimismo, vemos a dichas plataformas trabajar duro para mejorar sus servicios, con la finalidad de evitar una posible pérdida de clientes derivado de este acontecimiento. Por lo tanto, sería recomendable que se aplace esta nueva obligación para las plataformas hasta que se tranquilice la situación.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com), Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com)

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RAQUEL

TODO PRODUCTO O SERVICIO EN MEXICO GENERA UN IVA, ASÍ QUE DICHAS APLICACIONES DEBERAN POR LO TANTO EXTENDER LA FACTURA CORRESPONDIENTE.

Milei

los impuestos son robo, excusa para los parásitos de los políticos vivir con el verso de los pobres

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