Con un bombo y un platillo, y con semblante bíblico pandémico, y sin mediar faena del impronunciable e inmemorable –más bien, harto difícil de memorizar– Instituto de Planeación de la Ciudad de México, que supuestamente está facultado para ello pero a la fecha no se ha constituido, y después de prácticamente dos años de administración chilanga, la tlatoani citadina presentó recientemente, en el Congreso local, el Plan General de Desarrollo de la CDMX, instrumento que dispone la Visión, los Objetivos, las Estrategias, las Líneas de acción y las Metas para el Crecimiento y el Desarrollo, en general, de la Ciudad de México, con una mirada al 2040 y con base en un oxímoron que han denominado ¡diagnóstico estratégico! ¿Por qué un oxímoron? Pues bueno, apoyándonos en los entendidos en palabras y sus significados,[1] un diagnóstico estratégico integra una combinación de dos palabras de significado opuesto que originan un nuevo sentido, lo que, después de una lectura del plan general, se corrobora plenamente. Ya que, por un lado, todo diagnóstico se funda en una labor analítica y dirigida a distinguir y separar las partes de un objeto, una situación o un fenómeno para conocer su composición y, por tanto, para evaluar los problemas de diversa naturaleza –en nuestro caso, las circunstancias socio-espaciales chilangos–, que componen y/o conforman dicho problema o fenómeno observado, con un sentido empírico y objetivo –porque procede del Objeto– pero, por otro lado, lo estratégico resulta ser una acción –en un sentido directivo y artístico– subjetiva, al proceder del sujeto, quien dirige o dicta el trazado o las líneas –estratégicas, ¡obviamente!– que guían la mirada de lo observado, haciendo las veces de lentillas oftalmológicas con visión no sólo 3D sino 4T.
Ahora bien, no vaya a usted a creer que esto compromete por completo lo señalado en dicho plan general, no, no, ¡para nada! Sí, de hecho, este oxímoron en sí mismo representa una innovación, al menos desde una perspectiva de la narrativa literaria-pública-administrativa contemporánea, ya que cuenta con una originalidad propia que le distingue adicionalmente a su disertación convencional –al estar armonizado con las Convenciones y Acuerdos Internacionales en las diversas materias que trata–, que lo invade como inmueble deshabitado de la Ciudad y, asimismo, a su épica adjetiva –que le deviene de lo accidental, lo secundario o lo no esencial– que contiene algunas novedades y mejoras que son nativas de la Constitución de la CDMX y que resultan muy progresistas y provechosas.
¡Agarre usted lugar que se va a poner bueno!
El venturoso diagnóstico estratégico del plan general declara, entre muchas otras cosas, en su aparatado –estratégico, obviamente– Ciudad con equilibrio y orden territorial que:
“La condición de inequidad territorial (de la Ciudad de México) se fortalece con la insuficiencia de instrumentos de planeación y ordenamiento urbano, acordes con las nuevas transformaciones, con una visión metropolitana y de derechos… Existe un universo desactualizado y disperso (hasta ahí, vamos bien; quizás, faltaría decir un multiverso) de normas y programas de ordenación territorial y ambiental, cuya aplicación ha sido compleja y en muchos casos discrecional” –énfasis añadido–.
Ahora bien, por su parte, el lozano y flamante Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024, publicado también por la tlatoani chilanga, el 4 de noviembre de 2019 y reformado el 25 de junio de 2020, y actualmente vivito y coleando, declara, a su vez, que:
“…el principal problema del acceso a una vivienda en la Ciudad se aprecia en dos aspectos fundamentales: el precio y la localización. Adquirir un inmueble o alquilarlo en las zonas con mejores condiciones de servicios básicos, infraestructura y equipamiento urbano, acceso al empleo y espacios públicos, resulta cada vez más difícil –en especial, para sectores de bajo ingresos–, entre otros factores, por el comportamiento del mercado inmobiliario y la velocidad con la que los precios de los inmuebles se han elevado en los últimos años” –énfasis añadido–.
Y… por si fuera menor el desasosiego provocado… ¡agárrese usted!… también indica, el programa especial, que es necesario:
“…generar mayor inversión privada en vivienda incluyente, respetando los usos de suelo, disminuyendo su costo, con el objetivo de brindar vivienda adecuada a un mayor número de personas” –énfasis añadido–.
Oiga, y usted se preguntará, ¿dónde quedó la bolita?, incluso, según el diagnóstico estratégico, ¿qué no, supuestamente, existe un multiverso desactualizado de normas y programas?, ¿una insuficiencia de instrumentos de planeación y ordenamiento urbano en la Ciudad de México?, ¿no quesque el principal problema de la vivienda, especialmente para sectores de bajos ingresos, es precisamente el comportamiento del mercado inmobiliario?
Por un lado, nos recitan, con base en el diagnóstico estratégico, cuyo propósito presuntamente se orienta a lograr distinguir, separar y clasificar correctamente la realidad reinante, que el marco que regula las edificaciones y las viviendas y, asimismo, el mercado inmobiliario en la Ciudad, son –con otras palabras– un desastre; para después proclamar, una vez más con gesto bíblico y gentil, refinada y democráticamente, la letanía de que ¡respetarán los usos del suelo! ¿Entonces?… ¿Cómo? ¿Qué no, supuestamente, el marco regulatorio es un desastre o, en palabras con visión 4T, está desactualizado, disperso y resulta insuficiente? Diría el clásico “así como digo una cosa digo la otra” o debemos entenderlo como un síntoma pandémico más de los formidables reformadores y renovadores de la política chilanga de vivienda, en un nítido y manifiesto gatopardismo administrativo… porque, oiga usted, ni modo que el gobierno no respete y observe a cabalidad lo dispuesto y mandatado por su marco regulatorio, nada más faltaba.
Esta refinada y falaz narrativa esconde camaleónicamente la incapacidad o desinterés de la administración actual de dar cauce y administrar los procesos de participación ciudadana para actualizar –y, según sus dichos, concentrar y ordenar– las normas y programas de ordenamiento urbano y territorial de la Ciudad de México; pues, para muestra no un botón sino su política pública más emblemática, el Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024, ¡que se funda íntegra y firmemente en el marco de regulación urbana vigente! Sí, escuchó bien, el programa especial que busca resolver o, al menos, mitigar el déficit de vivienda social y popular se basa en los “usos del suelo” de hace 12 años y dos administraciones atrás, y, por tanto, ya se encuentra desactualizado, tal y como la propia administración ha diagnosticado estratégicamente en el Plan General como:
“…un universo desactualizado y disperso de normas y programas de ordenación territorial y ambiental, cuya aplicación ha sido compleja y en muchos casos discrecional”… liso y llano gatopardismo orientado a cambiar todo para que las cosas sigan iguales.
En todo este concierto de generalidades, lugares comunes y originalidad desbordada de los planes y programas generales y especiales vigentes chilangos, destaca una singularidad conceptual esencial en materia de ordenamiento territorial, particularmente en relación con las líneas de acción, estrategias y metas formuladas para las acciones de vivienda incluyente. Ya que, en su búsqueda por reglamentar las disposiciones de carácter social y de interés general que entrañan el párrafo sexto del artículo cuarto y, asimismo, el inciso 1, apartado E, del artículo noveno, de la constitución federal y de la constitución local, respectivamente, sus autores dotados con lentillas oftalmológicas que les permiten conquistar una mirada 4T y con base en la idea y (pre)supsuestos del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024, proponen, con el hilo negro del urbanismo inmobiliario de cuña liberal y, obviamente, de cuarta… generación, un incremento significativo de la producción (de) viviendas nuevas que sean incluyentes y bien localizadas y diversificar su oferta.
Suena bien chido esto, ¿cierto?, pero ¿qué no la vivienda incluyente que proponen en el multimencionado programa especial resulta ser el 30% de las viviendas que los desarrolladores de vivienda media y media residencial incluyen por obligación en sus desarrollos y, asimismo, que incluyen en los territorios del Programa Especial… de Vivienda Incluyente? Y, entonces, ¿se piensa resolver este problema –que, bueno, digamos que ni es algo nuevo o desconocido ni extraño en la historia pública administrativa citadina– con los avatares del mercado inmobiliario? Caray, ¡pues no quedamos que había quedado diagnosticado estratégicamente que el comportamiento del mercado inmobiliario es uno de los principales problemas del acceso a una vivienda en la Ciudad de México!
¡Se habrá visto semejante disparate! La paradoja se hospeda en los confines del pensamiento capitalista liberal más optimista, que, parafraseándome, sigue pensando y proclamando demencial y doctrinariamente –como si les fuera la vida en ello–, desde el individualismo más optimista y liberal, que el empresariado como sistema es el único agente o sujeto económico generador de riqueza; fortaleciendo así y en una suerte de ilusionismo transhistórico doctrinario, el supuesto genealógico de la riqueza económica basado (única y exclusivamente) en la natural y humana persecución del interés individual. Pensamiento éste que el sistema público-administrativo, por omisión o comisión, imposta en su política pública, sin más consideración –o más bien con desconsideración– que aquella que resulta de creer que sólo a través de la inversión inmobiliaria privada es posible proveer de vivienda a los grupos familiares citadinos más desfavorecidos. Desconociendo o negando majaderamente lo que el tercer párrafo del Artículo 27 Constitucional, magistralmente redactado y sugerido a sus amigos legisladores por Miguel Ángel de Quevedo, delimita con suficiente precisión como la diferencia formal entre lo que debe considerarse como propiedad privada de los elementos naturales susceptibles de apropiación –entre los que destaca, el suelo–, y aquello que debe considerarse como propiedad comunitaria.
Esta última definida constitucionalmente como las modalidades de uso y aprovechamiento de dichos elementos naturales que dicta el interés general, siempre con una orientación a la mejor distribución de la riqueza pública –social y comunitaria–,justamente en razón de sus disposiciones regulatorias (para mayor abundancia en este tema léame usted, a esta misma hora y en este mismo canal, en La riqueza de las ciudades. Adam Smith revelado entre líneas).
Y, de esta forma, se está subordinando la construcción de vivienda social y popular a las visicitudes de la economía de mercado, a su condición sine qua non: la persecución a ultranza de un beneficio económico o una utilidad considerable –utilidad que, al menos, tendría que ser mayor que la tasa de los Cetes, ¡pues!–, lo que, de suyo, no resulta ser ni pérfido ni maligno, sino simple y llanamente la condición básica de dicho modelo económico, que resulta ser comercialmente natural pero no estatalmente adecuado. Y, una vez más, nos preguntaríamos que, entonces, el derecho constitucional a una vivienda digna, decorosa y adecuada, ¿depende del 30% que deriva de dicha economía de mercado? Y, asimismo, de ese 30% de viviendas, ¿están consideradas, en el proyecto de inversión inmobiliaria, como activos o como pasivos?, ¿se les integra en su precio final de venta la utilidad de mercado?, o, dicha utilidad, ¿se relocaliza al 70% de las otras viviendas? Y, entonces, ¿finalmente quién paga las vicisitudes del comportamiento del mercado inmobiliario?
No será que ¿el dichoso programa especial –dichoso, por su exuberancia de dichos, ¡no se lo tome a mal!– implanta una visión preponderantemente utilitarista a la construcción y provisión de vivienda social y popular en la Ciudad de México? Ya sea por omisión o comisión, se le está considerando a la regulación urbana del suelo como parte de la riqueza privada y no, como debe ser, riqueza pública y comunitaria construida social e históricamente que, por mandato constitucional, tiene por objetivo hacer una distribución equitativa de dicha riqueza pública. El gatopardista programa especial esconde un acto de privatización de la riqueza citadina y comunitaria y considera, única y exclusivamente –y desde una visión 4T– que la provisión de vivienda social y popular sólo es factible dentro del modelo de maximización de la renta económica de los proyectos de inversión inmobiliaria privados, tergiversando y pervirtiendo la esencia de lo que establece el párrafo sexto del Artículo 4º Constitucional y… por si a usted esto le parece poco… con base en un diagnóstico estratégico invidente o de visión oftalmoideológica 4T.
El dichoso programa especial muestra o –después de su lectura– genera síntomas muy similares a los del Covid-19: desorientación, visión borrosa o mirada 4T, dolor de cabeza, pérdida del sentido, sensación de falta de aire y hasta erupciones cutáneas. Pero, especialmente, cansancio. Sí, cansancio de evidenciar, una vez más, el desconocimiento gubernamental de las características y condiciones singulares de la construcción de la vivienda social y popular y de sus agentes y, asimismo, inconsciencia de que el estado debe proveer los instrumentos y mecanismos de interés público y general –y, por lo tanto, fuera del libre mercado–, para garantizar el derecho de toda familia mexicana y obviamente chilanga a disfrutar una vivienda digna y decorosa. Y no, como se sugiere en el programa especial, el 30% de las viviendas residuales de las acciones de los agentes económicos inmobiliarios cuyo interés es la vivienda media y/o media residencial.
Esta mirada 4T ignora rotundamente que la escencia de la construcción de vivienda social y popular en la Ciudad de México está enraizado literalmente al suelo, sí, a la propiedad social y comunitaria del suelo, aquel suelo que debe derivar de la distribución equitativa de la riqueza comunitaria citadina, para que las familias y grupos demandantes de vivienda social y popular tengan acceso ¡a suelo barato y bien localizado!
Sí, suelo bien ubicado para el desarrollo de sus conjuntos de vivienda, diseñados y materializados con base en sus modelos y sistemas históricos y comunitarios de autopromoción, autogestión y, hasta en ocasiones, de autoconstrucción; echando mano de esa riqueza pública que entraña la norma urbana y que debe ser distribuida con sentido de justicia social y equitativamente, y no como lo establece el multidichoso programa especial, entendida como propiedad privada que se integra a través de las acciones de la, graciosa y utópicamente llamada, vivienda incluyente… evidenciando el peculiar gatopardismo público chilango en marcha.
[1] Notas:
Del Diccionario de la Real Academia Española:
Diagnóstico
Del gr. διαγνωστικός diagnōstikós.
m. Acción y efecto de diagnosticar.
Diagnosticar
Tr. Recoger y analizar datos para evaluar problemas de diversa naturaleza
Analizar
Tr. Someter algo a un análisis
Análisis
Del gr. ἀνάλυσις análysis.
m. Distinción y separación de las partes de algo para conocer su composición.
Estratégico
Del lat. strategĭcus, y este del gr. στρατηγικός stratēgikós, der. de στρατηγός stratēgós ‘general de un ejército’
Adj. Perteneciente o relativo a la estrategia.
Estrategia
Del lat. strategĭa ‘provincia bajo el mando de un general’, y este del gr.στρατηγία stratēgía ‘oficio del general’, der. de στρατηγός stratēgós‘general’.
f. Arte de dirigir las operaciones militares.
f. Arte, traza para dirigir un asunto.
f. Mat. En un proceso regulable, conjunto de las reglas que aseguran una decisión óptima en cada momento.
Oxímoron
Del gr. ὀξύμωρον oxýmōron
m. ret. Combinación, en una misma estructura sintáctica, de dos palabras o expresiones de significado opuesto que originan un nuevo sentido, como en un silencio atronador.
También te puede interesar: La insoportable levedad de(l) ser… ¡inmobiliario!