Celulares, para hablar y dar con usted en México

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“Todo lo relacionado con la vida social que se genera en torno a las telecomunicaciones, es parte de la vida privada”, es parte de los argumentos vertidos en las sesiones que tienen que vern con la Ley de Geolocalización en la SCJN.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia voto con una mayoría de siete votos el rastreo en tiempo real de teléfonos celulares que estén relacionados con delitos graves, como el secuestro, uso ilícito del teléfono y robo.

Siete de los once ministros se pronunciaron por la constitucionalidad del artículo 133 Quáter del Código Federal de Procedimientos Penales, vigente desde 2012 y que faculta a la PGR, a que sin orden judicial previa, ordene a concesionarias de telecomunicaciones la geolocalización de los dispositivos en delitos como secuestro, extorsión y amenazas.

En una maratónica discusión que ha llevado tres sesiones, los ministros están en espera de una cuarta donde podría quedar finalmente aprobada la ley, ya que la tendencia muestra que la mayoría se encuentra a favor de esta.

En la resolución seaclara que el Ministerio Público (MP) deberá detallar por escrito los motivos para solicitar la localización en casos urgentes, y conservar el documento para revisión en el eventual juicio contra los responsables.

En la sesión citada para este jueves, se espera que la ministra Margarita Luna Ramos presente el documento con las modificaciones sugeridas.

“No estamos en un problema de inconstitucionalidad, simplemente es el uso de un adelanto tecnológico que puede servir al Ministerio Público como herramienta en la persecución de los delitos para tener un mejor servicio, precisamente para darle a la sociedad una respuesta, que es lo que estamos esperando, lo que pedimos”, comentó Luna Ramos.

Entre los ministros a favor de la ley se encuentran el presidente de la Corte Juan Silva Meza quien apoyó la validez del precepto con base en precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el derecho del Estado para regular un bien nacional como el espectro radioeléctrico.

“La utilización de la medida se inscribe en el ejercicio del mandato de debida diligencia, derivada del derecho de acceso a la justicia de todas las personas. La obligación de debida diligencia se hace más intensa en virtud de la envergadura y gravedad de las conductas”, comentó.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó esta reforma con el argumento de que viola el derecho a la privacidad, pero solo los ministros José Ramón Cossío, Sergio Valls y Olga Sánchez Cordero son afines a la impugnación de la Comisión, pues quienes se han mostrado a favor de la ley son: Margarita Luna Ramos, Luis María Aguilar Alberto Pérez Dayán y Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Por la validez con interpretación conforme están Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez, José Fernando Franco y Juan Silva Meza.

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