Negligencias médicas deben ser publicadas, IFAI

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La Conamed deberá dar a conocer el número de quejas o denuncias presentadas por negligencia médica en servicios de salud públicos y privados, insiste IFAI

Ciudad de México.- En comunicado de prensa emitido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), se exhortó a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, Conamed, a buscar y dar a conocer el número de quejas o denuncias presentadas por negligencia médica en los servicios de salud públicos y privados, entre 2006 y octubre de 2013., ya que un particular hizo uso de derecho y solicito la información.

En dicho comunicado, el IFAI también solicito que la Comisión de ha conocer cuántos casos se han resuelto y cuántos quedan pendientes; cuáles fueron las causas por las que no se prestó el servicio, el número de personas que fallecieron por falta de atención del personal médico, especificando sexo, edad y estado de origen; cuántos servidores públicos han sido sancionados por estos hechos;  nombre y cargo de los servidores públicos sancionados y tipo de sanción que se les impuso.

Además de hacer del conocimiento público cuántas denuncias se han interpuesto ante las autoridades penales correspondientes y fecha de las mismas; el nombre de los hospitales, clínicas o unidades médicas (especificando la dependencia a la que pertenecen) que concentran el mayor número de denuncias; los  estados que concentran el mayor número de denuncias; el tipo de apoyo que se les brinda a los pacientes que fueron víctimas de negligencia; los presupuesto destinado para estos apoyos, y  medidas que se están instrumentando para que no se repitan los casos.

En respuesta al particular que solicitó la información, la Conamed manifestó que, de acuerdo con el Decreto de Creación de la Comisión y el Reglamento de Procedimientos para la Atención de las Quejas Médicas y Gestión Pericial, no está facultada para recibir denuncias, juzgar e imponer sanciones.

Precisó que únicamente se encarga de recibir, investigar y atender las inconformidades que presenten usuarios por posibles irregularidades en la prestación de servicios médicos, así como de aclarar y conciliar, en amigable composición y de buena fe, dichas inconformidades.

Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, mediante el cual argumentó que la dependencia no hizo una búsqueda de lo requerido, ya que en su página de internet obra información general sobre el tema.

En alegatos, la Conamed reiteró su respuesta inicial al señalar que no atiende ni impone sanciones a los responsables de una atención médica deficiente, como lo es una negligencia.

Manifestó también que no registra datos estadísticos sobre denuncias o sanciones por presunta negligencia médica y explicó que las estadísticas institucionales se generan con base en la información registrada en el Sistema de Atención de Quejas Médicas y Dictámenes (Saqmed), por lo que proporcionó la dirección electrónica para consultarlas.

Sin embargo, al analizar la normatividad aplicable, la comisionada ponente, Sigrid Arzt, advirtió que la información estadística publicada en la página de internet de la Comisión se elabora con los datos reportados por la Dirección General de Orientación y Gestión, la Dirección General de Conciliación y, la Dirección General de Arbitraje, unidades administrativas a las que no se les turnó la solicitud.

Al respecto, indicó que a la Dirección General de Orientación y Gestión le corresponde, entre otras funciones, resolver acerca de la admisión de quejas; a la Dirección General de Conciliación, planear, programar, operar, supervisar y evaluar la atención de quejas en la etapa conciliatoria, y a la Dirección General de Arbitraje, evaluar la atención de las quejas en la etapa decisoria del proceso arbitral médico.

Aunado a ello, la comisionada expuso que, en respuesta a una solicitud similar presentada con anterioridad, la Conamed proporcionó la estadística de quejas concluidas en 2012, desglosada por entidad federativa e institución médica involucrada.

En este sentido, determinó que la dependencia es competente para conocer lo requerido y, por tanto, propuso revocar la respuesta e instruirle a la Conamed a hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a las antes referidas, a fin de que entregue al particular la información de su interés. Propuesta que fue aprobada por el Pleno del IFAI.

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