TEPJF prohíbe usar a niños en spots políticos

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El TEPJF resolvió que a fin de salvaguardar la tutela de sus derechos, es procedente la suspensión de spots en campañas si los partidos recurren a imágenes de menores de edad en sus materiales.

El tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este fin de semana que los spots de campaña podrán suspenderse si se recurre a imágenes de edad como recursos propagandístico.

El fallo del Tribunal se da a conocer justo en momentos en que el partido Movimiento Ciudadano (MV) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) cuentan con spots en los que se puede observar a niños promoviendo las posturas y propuestas de las plataformas políticas.

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En un promocional de Movimiento Ciudadano, por ejemplo, se puede apreciar a un niño huichol cantando y promoviendo a dicho partido. En el spot, el menor está acompañado por un grupo musical integrado también por otros niños, lo que de acuerdo con la nueva resolución podría ser causa de suspensión definitiva del material.

“Si en la propaganda política-electoral se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico, las autoridades electorales deben implementar medidas encaminadas a la tutela de sus derechos, sin que resulte necesario probar que el acto o conducta genere un daño a los derechos de las personas menores de edad, en tanto que, para efectos de su protección, lejos de exigirse la acreditación de la afectación, basta que su derecho se coloque en una situación de riesgo”, se indica la Tesis VIII/2017 aprobada desde el pasado 31 de octubre por la Sala Superior del TEPJF.

De acuerdo con el diario Excélsior, en México las niñas, niños y adolescentes carecen del estatus de ciudadanía con derecho a votar, pero partidos como MC y PRD utilizan la imagen de menores constantemente en los mensajes que emiten a los electores de cara a los comicios presidenciales del próximo año.

En ese sentido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que, a fin de salvaguardar la tutela de sus derechos, es procedente la suspensión de spots en campañas “si en la propaganda político-electoral se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico”.

La Tesis VIII/2017, denominada, “Medidas cautelares. Proceden cuando la propaganda difundida ponga en riesgo el interés superior de los niños, niñas y adolescentes” fue aprobada el pasado 31 de octubre por el pleno de la Sala Superior del TEPJF, sin embargo, por el momento los spots de MC y PRD se siguen emitiendo.

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