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Por aumento de contagios, perfilan “ley seca” los fines de semana

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Tanto algunas alcaldías de la Ciudad de México (CDMX) como municipios del Estado de México, acordaron aplicar “ley seca” durante los fines de semana. Esto, frente al incremento de contagios de Covid-19 en el centro del país.

Durante un encuentro con la prensa, Claudia Sheibaum Pardo, jefa de Gobierno, informó que ocho de las 16 alcaldías de la CDMX prohibirán la venta de alcohol a partir de este fin de semana. No obstante, advirtió que se pretende llegar a acuerdos con todos los alcaldes de la demarcación. 

“Ocho de las 16 alcaldías han tomado la decisión de ya avanzar en el tema de la ley seca, los fines de semana, nada más”, informó la funcionaria.

Sheinbaum Pardo prometió dar el informe de la medida en su conferencia de mañana. Sin embargo, entre las alcaldías que continúan con “ley seca”, se encuentran Cuauhtémoc, Cuajimalpa, Xochimilco y Venustiana Carranza.

Por parte del Estado de México, y de acuerdo con el diario  El Universal, Juan Hugo de la Rosa, presidente municipal de Nezahualcóyotl, informó que también aplicará la prohibición de venta de alcohol en la demarcación. Agregó que la medida será aplicada los fines de semana debido a que son los días donde se registran más festejos en la población

La Corte evita una violación a la Constitución: Quizá evite otra

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Quien vea que todo en México está mal, o que todo en México está bien, está muy mal informado o su análisis es simplista o precario. Si bien la coyuntura ofrece temas de grave preocupación como el Decretazo del 26 de marzo que nos echa a las calles a la Guardia Nacional para hacerle de policía; o el Acuerdo del 15 de mayo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional que pretende destruir las energías limpias para dar cabida a la quema del combustóleo que Pemex no tiene dónde almacenar; o el ensayo del Presidente sobre la Nueva Política Económica en los Tiempos del Coronavirus, por el que pretende arrogarse la facultad de reasignar recursos del presupuesto federal a su antojo, en consonancia con su iniciativa pendiente de votación en el Congreso de reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en caso de emergencias de carácter económico o de salubridad general como la que vivimos. Tampoco podemos dejar pasar desapercibida la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del pasado 11 de mayo sobre la inconstitucionalidad de la llamada Ley Bonilla, que nos confirma que la división de poderes aún subsiste en el país.

En efecto, lo que significó esta sentencia que hoy cuenta ya con fuerza de jurisprudencia, es que la Corte no dejó que la Constitución fuera violada por el Gobernador, el Congreso local y las autoridades electorales de Baja California, y que gracias al consenso logrado por todos y cada uno de los Ministros de la Corte, ésta pudo construir una doctrina que salvaguarda nuestro Estado Constitucional de Gobierno Democrático, doctrina que nos podrá proteger, en caso de que vuelvan a venir vientos antidemocráticos.

constitucion
Ilustración: Nexos.

Se trató de la resolución de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por varios partidos políticos y por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en contra del artículo 8 transitorio reformado de la mencionada Ley Bonilla, lo que fue posible gracias a las facultades que le fueron conferidas a la Corte desde 1994 para resolver este tipo de controversias con base en la Constitución y no como era antes, con base en criterios políticos. En cumplimiento de la reforma política de 2014, y con el fin de empatar la elección de Gobernador de dicho Estado con las elecciones intermedias federales, el mencionado artículo en su forma original, dispuso que el Gobernador que ganara las últimas elecciones tomaría posesión en 2019 y saldría en 2021; pero el mismo artículo fue reformado luego de dichas elecciones, para prorrogar el mandato por 5 años, a efecto de empatar la nueva elección con la Presidencial.

Mañosamente el Congreso de Baja California guardó la reforma y no la promulgó sino hasta que fueron resueltas las impugnaciones presentadas con motivo de la elección, lo cual ocurrió justo antes de la toma de posesión del Gobernador Bonilla. Lo que la Corte resolvió fue declarar como inconstitucional la prórroga de su mandato, determinada después de haber concluido el proceso electoral.

La Corte no optó por declarar dicha inconstitucionalidad ante las graves deficiencias procesales que claramente existían, sino por resolver la controversia en cuanto a sus méritos de fondo, generado así una sólida doctrina fundada no solamente en principios constitucionales, sino en la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual nos podrá ser muy útil si vuelve a haber intentos en México por prorrogar un mandato o por una reelección, preocupación que muchos mexicanos tenemos en mente. En ese caso, la propia Corte quedará vinculada con dicho tratado internacional e impedida de modificar dichos derechos humanos de naturaleza electoral.

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Ilustración: Weil.

En cuanto al fondo, la Corte sustentó su sentencia en la veda electoral establecida en el artículo 115 Constitucional que prohíbe hacer reformas electorales desde 90 días antes de iniciar el proceso electoral y hasta su cierre, y aunque la reforma no fue publicada sino hasta después de haberse desahogado las impugnaciones de la contienda y de haberse dado por concluido el proceso, con lo cual se cumplió formalmente con la norma, los Ministros estimaron que hubo fraude a la Constitución por una violación material a la misma, cambiando las reglas del juego, cuando éste estaba en marcha. La Corte también consideró que la ampliación del cargo por la vía legislativa y no la electoral, equivale a una reelección y afecta los derechos de votar y ser votado en el 2021, postergándose la votación hasta 2024.

Tenemos que valorar el hecho de que en este caso nuestra Suprema Corte actuó como auténtico guardián de nuestra Constitución y con ello de nuestra democracia, estableciendo un dique a la autoridad estatal, la cual actuó orgánicamente en contra del pacto federal, a través de todos sus órganos locales competentes: su Gobernador, su Congreso, su instituto electoral y su tribunal electoral. La Corte no atendió a un sólo motivo de invalidez, sino a todos juntos. El caso Bonilla puso en tela de juicio los principios de irretroactividad de la ley, de votar y ser votado, de no reelección y de certeza jurídica, y la Corte los ratificó con claridad meridiana. Significó una medida clara ante la incertidumbre.

Habrá que ver cómo se comporta la Corte ante la avalancha de amparos relacionados con los obstáculos puestos por el Ejecutivo a las energías limpias y las colisiones entre autoridades federales y estatales con motivo de la tragedia sanitaria que vivimos, pero hay que reconocer que en el caso Bonilla la Corte cumplió su cometido de defender nuestros principios constitucionales.


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