Este 22 de julio terminó el largo y dramático proceso de designación de cuatro consejeros al Instituto Nacional Electoral (INE). Pudiera decirse que fue una guerra: no faltaron los litigios, los conflictos y las acusaciones hechas por y en contra de John Ackerman; y es que estos cargos resultan de gran importancia, pues pueden incidir en el desarrollo de los comicios federales de 2021. Sin embargo, hay otro proceso al que no se le ha prestado gran atención a nivel nacional y que también pudiera afectar la composición política del país.
Del 25 de marzo de 2020 a la fecha, se ha reformado la Constitución y/o la legislación electoral de Baja California, Veracruz, Morelos y Chiapas de forma que parece tener como resultado un beneficio al partido gobernante en cada una; existe también, al momento de escribir este texto, un proceso de cambio legislativo y constitucional en progreso en Puebla y pudieran haberse dado otros cambios en otras entidades, pero estos son los más visibles.
Este tipo de cambios no son extraños, pues es una práctica de sexenios anteriores, donde se modificaba la ley antes (para obtener ventajas) o después de los comicios (para hacer ajustes). Esto ha dado lugar a curiosas variaciones entre los estados de la República, donde un estado tiene un modelo de mejor perdedor en vez de representación proporcional, o donde en unos hay candidaturas comunes o modelos de asociación política más amplios, y en otros sólo hay coalición.
Estos cambios, a su vez, suelen disputarse por partidos políticos locales y nacionales ante la Suprema Corte por medio de las acciones de inconstitucionalidad electorales y que pueden derivar en un aval o en una invalidación. Es decir, el rediseño de las reglas que gobiernan las elecciones en las entidades federativas es resultado del juego político entre sus élites y de un juego político planteado como argumentación jurídica entre élites políticas nacionales, con la Suprema Corte como árbitro constitucional.
Cito dos ejemplos para ilustrar este punto: en 2017 se reformó la legislación electoral de Nuevo León para, entre otras cosas, cerrar la puerta a las candidaturas comunes –en respuesta a la alianza entre el Bronco y Fernando Elizondo– y para quitar el sistema de mejor perdedor en diputaciones locales –en respuesta a la llegada de Samuel García–. Estos y muchos otros cambios fueron impugnados por diversos partidos políticos y, en su gran mayoría, sobrevivieron el análisis de constitucionalidad. Por otra parte, los cambios hechos a la Constitución de Baja California en el infame Bonillazo no lograron sobrevivir a las diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Regresando al tema, existen varias tendencias claras que valen la pena explicar: en Baja California y en Chiapas se posterga el inicio del periodo electoral, bajo el argumento de que en los primeros meses no se hace gran trabajo y que se puede ahorrar ese dinero; este cambio pone en peligro el desarrollo de la función electoral, pues le da menos tiempo a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs) para organizar elecciones y a los independientes para recabar el apoyo necesario para registrar su candidatura. En Chiapas existe la posibilidad de cortar el financiamiento a los partidos durante contingencia, lo que aumenta el riesgo de que los gobiernos beneficien a sus partidos por debajo del agua.
Se incluye la austeridad como principio en Baja California, Veracruz y Chiapas, cuando ya existen los principios del buen gasto público; esto es peligroso porque permite un futuro redireccionamiento presupuestal en contra de los OPLES, tal y como se hace en la Administración Pública Federal con la Ley de Austeridad y el famoso recorte del 75%. En Baja California se recortó el presupuesto a los consejeros electorales. Es decir, se busca debilitar al OPLE al matarlo de hambre.
En Morelos, se intentó reformar sin éxito la Constitución para subir la votación necesaria para que los partidos mantengan su registro, sabiendo que existen 11 nuevos partidos, sumados a los existentes en la entidad, tanto nacionales como locales. Esto resultaría en 20 partidos contendiendo para obtener el 4% de la votación, con la probabilidad de que surja una votación dispersa y en un menoscabo para el número de partidos en el estado. Lo que sí pudo lograrse fue reformar la legislación electoral para que se requieran a los partidos un 4% de la votación para tener diputados de representación proporcional; sin la reforma constitucional esto es ilegal, pues así lo determinó la Suprema Corte en 2017 con una reforma similar en dicha entidad.
Por último, en aras de la austeridad, en Veracruz se reforman los Consejos Municipales para centralizar la labor de los Consejos Municipales, que de 212 disminuyen a tres y que implica que todas las casillas deben transportar su material electoral a una de las tres localidades, aumentando el riesgo de que se anulen.
Los OPLEs importan tanto como el INE y en el campo de batalla que es nuestra Constitución, se libra una guerra discreta, aunque no menos válida, por influirlos. Algunos de estos cambios son intentos de tambalear al árbitro, de entorpecer su trabajo o intimidarlo y pueden tener profundas repercusiones en la contienda electoral de 2021 y en la representación política que de ella resulte. Diversos partidos políticos han realizado impugnaciones ante la Suprema Corte por medio de la acción de inconstitucionalidad electoral y tiene ésta la última palabra.
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