Ley Grafiti aprobada: prohibido grafitear en Puebla

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Luego de que se propusiera incrementar el castigo a quien haga grafitis en el estado de Puebla, hoy el Congreso del Estado aprobó la eforma al Código Penal conocida como Ley Grafiti.

Ciudad de México (el semanario.com) .- Después de que en enero del año en curso fuera presentada una iniciativa por el diputado panista Eukid Castañón Herrera, que propone incrementar las penas a quien haga grafitis durante manifestaciones o bien realicen pintas en espacio públicos, el Congreso del Estado aprobó la reforma al Código Penal conocida como Ley Grafiti.

Dicha ley pretende encarcelar hasta por seis años a aquellas personas que dañen con pinturas a inmuebles catalogados como históricos o realizar trabajo comunitario como opción para resarcir el daño.

Hoy, durante la última sesión ordinaria del primer periodo de sesiones, se avaló con 31 votos a favor, cuatro en contra y una abstención.

Se clasificaran en dos: los delitos no graves contemplan cualquier alteración a inmuebles o infraestructura de propiedad privada o pública, mientras que los graves son únicamente a edificios catalogados como patrimonio histórico, es decir, monumentos arqueológicos, históricos, culturales, arquitectónicos, etcétera.

Se incluyeron las figura del perdón al afectado, así como la figura de indemnato siendo ambas aplicadas únicamente en los delitos no graves. El perdón aplica si el dueño del inmueble afectado otorga el perdón o llegar a un acuerdo en el que los daños fuesen resarcidos de manera económica

Sin embargo, de no obtener el perdón, los infractores deberán pagar con años de prisión, los cuales van de uno a tres años si el inmueble es propiedad privada y de dos a cuatro años si el inmueble es un bien público, es decir, del Estado. También se erradica cualquier pena económica y se aplican los días de trabajo comunitario.

Asimismo, si los daños se realizan a equipamiento o infraestructura urbana, bienes destinados a la prestación del servicio público , se contempla de 2 a 3 años de prisión mientras que si el daño se realizó a un mueble o inmueble que presta el servicio de transporte público, la pena corporal será de 3 a 5 años. En ambos casos se especifica que la pena de trabajo comunitario va de 180 a 360 días de trabajo y también se contempla el perdón del afectado o el derecho al pago de fianza.

Por otra parte, cuando el delito es de categoría grave, el o los infractores no alcanzan derecho a pago de fianza, se descarta la posibilidad de ser perdonado, así como del indemnato. La pena es de tres a seis años de prisión.

La reforma estará vigente desde su aprobación en el Congreso del Estado hasta el mes de junio del 2016, fecha en la que entra en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales.

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