Por cambio de delito, Javier Duarte podría quedar en libertad preventiva

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La noche de ayer, la PGR reclasificó el delito de delincuencia organizada por asociación delictuosa en contra de Javier Duarte, con lo que se abre una ventana para su posible liberación.

Javier Duarte, exgobernador de Veracruz encarcelado por lavado de dinero y otros delitos, podría quedar libre, luego de que este lunes la Procuraduría General de la República (PGR) decidiera reclasificar los delitos en su contra.

La PGR reclasificó el delito de delincuencia organizada en contra del exgobernador por el de asociación delictuosa, manteniendo el de lavado de dinero u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

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Esto quiere decir que Duarte cuenta con la posibilidad de obtener la libertad provisional, ya que el delito de asociación delictuosa corresponde una sentencia de sólo 5 a 10 años de prisión, además de que no obliga a la prisión preventiva oficiosa, a diferencia del de delincuencia organizada, por el que se podría dar una sentencia de 20 a 40 años de prisión y que obliga al acusado a llevar el juicio en prisión preventiva.

De acuerdo con Animal Político, bajo las nuevas reglas del sistema penal acusatorio, el Ministerio Público tiene la facultad de modificar o incluso retirar una imputación que haya hecho de forma inicial. Se explica que tras la audiencia inicial sigue el periodo de investigación complementaria, fijado dentro de un tiempo límite por el juez, en donde el Ministerio Público debe reunir pruebas con las cuales pretende sostener el caso ante un juez.

Por tal motivo, los fiscales cuentan con la posibilidad de modificar un caso a partir de la evidencia que logren reunir o no.

El exgobernador de Veracruz permanece preso en el Reclusorio Norte desde el 17 de julio de 2017, luego de ser detenido en un hotel de lujo en Guatemala, el 15 de abril del mismo año.

Luego de que el día de ayer un juez recibiera la acusación escrita del Ministerio Público, se deberá programar la audiencia intermedia, la cual no podrá realizarse en un plazo menor a 30 días naturales ni mayor a 40 días naturales.

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