En tres meses se dará claridad a la Ley de Aviación Civil mexicana  

Lectura: 2 minutos

La reforma de ley en cuestión fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 27 de junio, según establece la Ley de Aviación Civil, esto quiere decir que las medidas se aplicarán a partir del 31 de octubre.

Ciudad de México – La Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero) pidió precisar a la opinión pública sobre los tiempos de implementación y ejecución de las nuevas disposiciones de la Ley de Aviación Civil (LAC), publicada el mes pasado en el Diario Oficial.

Señaló que la aplicación de las normas no es inmediata, ya que una vez que la ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, las aerolíneas disponen de 90 días hábiles para ajustar sus sistemas y procedimientos, contados a partir del 27 de junio.

Ello, con el fin de dar cumplimiento a las nuevas disposiciones como lo establece el artículo cuarto transitorio de la Ley de Aviación Civil, es decir que el periodo de aplicación y cumplimiento de las disposiciones de la reforma inicia el 31 de octubre de 2017.

La cámara indicó que el artículo segundo transitorio de esta reforma, sostiene que el Ejecutivo federal y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) cuentan con un plazo de hasta 180 días hábiles para realizar modificaciones a reglamentos y otras disposiciones, con el fin de dar aplicabilidad a la Ley.

Sostuvo que, en beneficio de la claridad y certidumbre para los usuarios del transporte aéreo, en los próximos 90 días hábiles la Canaero estará trabajando en colaboración con la Dirección General de Aeronáutica Civil para la adecuación de los reglamentos y la adecuación de los procedimientos de las aerolíneas.

“Para estar en condiciones de que se aplique y cumpla la reforma a la ley, para vuelos nacionales”, dijo.

La Cámara Nacional de Aerotransportes confirmó su posición para continuar transitando hacia las mejores prácticas internacionales, hacia el cumplimiento y aplicación de los tratados internacionales de la industria, en términos de lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Aviación Civil, en beneficio de la seguridad y derechos del viajero.

La Cámara Nacional de Aerotransportes es un organismo autónomo que reúne aerolíneas nacionales e internacionales; empresas cargueras; taxis aéreos y prestadores de servicios en tierra, a fin de promover el desarrollo sostenible de la Industria Aérea en México.

0 0 votos
Calificación del artículo
Subscribir
Notificar a
guest
1 Comentario
Más viejo
Nuevo Más Votado
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Arnulfo Martínez

Vaya. vaya! Primero nos endilgan notas y notas en relación a las grandes ventajas diciéndonos que YA
quedaron en vigor para meter en orden a las líneas aéreas y ahora resulta que no; que tal vez la Nueva Ley de Aeronáutica Civil entre en vigor, y con ello nuestros derechos, hasta OCTUBRE… Joder! Agrego lo ya dicho en ocasiones anteriores : 1.- Las Líneas aéreas extranjeras son reguladas por las Leyes de sus propios países que ya de tiempo atrás protegen al usuario. 2.- No todos los retrasos en México son culpa de las líneas aéreas. La Nueva Ley ya lo prevee, por lo que les deja la puerta abierta para que “no sean culpables” del retraso o de la cancelación del vuelo. Digo esto porque la mayoría de nuestros aeropuertos están saturados, sin hablar del AICM, en cuyos tableros de salida se pueden leer hasta 5 vuelos saliendo a la MISMA HORA, lo que es imposible porque la misma Dirección del Aeropuerto causa las demoras ya que el aeropuerto de la Ciudad de México cuenta con una sola pista que se usa tanto para despegues como aterrizajes. Y a ver si el nuevo aeropuerto queda listo para que lo inaugure EPN y no sufra de “socavones”….

1
0
Danos tu opinión.x