Juez federal declara inconstitucional pago inmediato de fotomultas en CDMX

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Un juez federal determinó que el sistema de fotomultas del gobierno de la Ciudad de México es inconstitucional, ya que viola el artículo 14 constitucional.

 

Ciudad de México.,- Un 2 de la Ciudad de México declaró inconstitucionales las llamadas fotomultas del Reglamento de Tránsito capitalino, bajo el argumento de que violan la garantía constitucional de audiencia.

El juez Fernando Silva consideró que es inconstitucional obligar a los ciudadanos de la Ciudad de México a pagar de forma inmediata las fotomultas, sin que el multado tenga la oportunidad de defenderse.

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De acuerdo con el diario Excélsior, Silva señaló que el Reglamento de Tránsito viola el artículo 14 constitucional porque permite que con base en una foto el agente imponga una sanción patrimonial exigible sin la participación ni la defensa previa del sujeto afectado.

El juez indicó que aunque la vídeo vigilancia puede coadyuvar a la seguridad pública, no se puede sustituir a la actividad de policía y tampoco usarse como un “atajo” que violente el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas.

“Un vídeo o una foto no debe generar en automático un acto de privación en perjuicio de alguna persona. En todo caso, una foto es solamente un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor a fin de determinar si se debe o no imponer la sanción”, se puede leer en el fallo, según cita Excélsior.

El juez indicó también que  las fotomultas son impuestas por una empresa ajena a la administración pública que es la que tiene a su cargo la administración, servicio y calibración de las cámaras y aparatos respectivos; además, el contrato se estipula un porcentaje de “ganancia” hacia dicha empresa cuando capta las infracciones de tránsito, lo que desvía la finalidad pública del Reglamento de tránsito.

Es por esto que el juez pidió que se otorgue derecho de defensa a los ciudadanos para evitar el riesgo “de que el lucro de la empresa de tecnología se privilegie frente a los fines públicos (seguridad vial) y a los derechos fundamentales (audiencia previa) en perjuicio de los ciudadanos”, destaca Animal Político.

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