La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia decidió que debe conocer de un recurso de revisión que tiene por objeto determinar si existe responsabilidad del Estado que genere algún tipo de indemnización para una mujer y su pareja que acusan una irregularidad en la aplicación de un método anticonceptivo definitivo.
La presidenta y única mujer de esta Sala de la Suprema Corte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa expuso que, con la resolución de este caso, se podrán fijar parámetros que permitirán evaluar si la actividad estatal médica afectó de algún modo la integridad física y psicológica de la mujer o su derecho a la planeación familiar.
La Sala, durante la reunión remota, determinó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe impartir justicia con perspectiva de género, al igual que lo deben de hacer otros encargados de la justicia en el país.
La Sala resaltó la importancia de juzgar con perspectiva de género, para que así los órganos jurisdiccionales valoren el contexto social, cultural y económico de las personas para hacer realidad el derecho a la igualdad que se establece en la Constitución Federal.
El caso en concreto que se abordó en esta reunión fue el relatado por una mujer que acudió a un Hospital del ISSSTE para realizarse una cesárea por su segundo embarazo.
La mujer cuenta que, después de practicarle la cesárea, se le aplicó un método anticonceptivo permanente pero no fue informada adecuadamente sobre este y aceptó aplicárselo bajo una gran presión emocional en el momento.
Finalmente, la Sala decidió conocer del recurso de revisión a efecto de garantizar los derechos de la mujer a tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad y a una vida libre de violencia y discriminación.