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Entra en acción la Fase 3 contra el COVID-19

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Entra en acción la Fase 3 para mitigar la pandemia de COVID-19

Como parte de las medidas tomadas por la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, en días pasados entró en vigor el acuerdo por el cual se modifican diversas acciones dirigidas a la población para evitar el esparcimiento del virus y que el número de contagios continúe al alza.

Dicho acuerdo, se caracteriza por modificar o ampliar las medidas que se habían tomado como consecuencia de la Fase 2 de la pandemia, publicadas días atrás. Dentro de éstas nuevas medidas, se destacan las siguientes:

  1. La ampliación del término para la suspensión de actividades catalogadas como “no esenciales” del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020.
  • Actualizar de forma diaria los reportes de ocupación y disponibilidad por Infección Respiratoria Aguda Grava a cargo de la Secretaría de Salud;
  • Ejecutar mecanismos de reducción de movilidad de la población, como podría ser la extensión del programa “Hoy no Circula” en la Ciudad de México, aplicable a todos los vehículos que transitan con independencia del holograma; y
  • Ejecutar y garantizar la atención a usuarios de salud que presenten síntomas de posible contagio de forma adecuada y oportuna para todos los sectores de la población

Con estas medidas se reconoce la necesidad de reforzar esfuerzos para esta Fase 3. Por lo tanto, invitamos a nuestros amigos de Cancham a cumplir con las medidas y recomendaciones emitidas por el Gobierno. 

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com )

Solicita tu devolución de impuestos en la declaración anual

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Este mes de abril, las personas que recibimos ingresos debemos de presentar nuestra declaración anual por los ingresos que se obtuvieron el año pasado.

Ahora bien, tomando en cuenta que hoy en día muchas personas requieren de flujo de efectivo, es importante recordar que podemos reducir nuestro impuesto a pagar o solicitar la devolución de lo que pagamos en exceso si declaramos ciertos gastos personales que son considerados como deducciones personales.

En este sentido, líneas abajo encontrarán cuales son los gastos personales que son considerados como deducciones personales:

  1. Los honorarios médicos y gastos hospitalarios;
  • Gastos funerarios;
  • Donativos;
  • Aportaciones adicionales para retiro;
  • Primas de seguros;
  • Intereses efectivamente generados y pagados;
  • Educación y transporte escolar e;
  • Impuestos locales sobre ingresos por salarios.

Para poder deducir estos gastos es importante que hayas solicitado la factura por los mismos. No obstante, en algunos casos, las mismas personas que prestan el servicio ya te emitieron una factura y estas facturas se dan de alta automáticamente en tu declaración anual.

Por lo tanto, es posible que tengas derecho a que el SAT te devuelva impuestos pagados y no tengas conocimiento de ello. Esta cuestión ocurre en muchas ocasiones con los trabajadores, a quienes les retienen impuestos mes con mes. En este sentido, recomendamos que lo tomes en cuenta al presentar tu declaración anual.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com ).

Gobierno aclara actividades esenciales para ciertos sectores por COVID

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El pasado 6 de marzo de 2020, La Secretaría de Salud publicó el acuerdo por medio del cual se determinan lineamientos para ciertas empresas que son consideradas como esenciales.

En dicho acuerdo se aclara que las empresas de producción de acero, cemento, vidrio y servicios de tecnología de la información, que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos, son actividades cuya suspensión puede tener efectos irreversibles para su continuación. Por lo tanto, las empresas que realicen estas actividades podrán seguir operando.

Asimismo, se estableció que las empresas de producción de acero, cemento y vidrio mantendrán una actividad mínima que evite efectos irreversibles en su operación. Para tales efectos, dichas empresas debieron de enviar un correo electrónico a la Secretaría de Economía para manifestar los empleados que continuarán trabajando.

Respecto de los servicios de mensajería considerados como actividades esenciales, éstos incluyen a las empresas y plataformas de comercio electrónico, siempre y cuando cumplan con el protocolo de salud e higiene.

Por otra parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitió una comunicación en la que determinó las actividades esenciales que corresponden al ámbito de su competencia. Para tales efectos, a continuación describimos los más relevantes:

  1. En materia de Infraestructura, se consideraron como actividades esenciales: i) a la conservación de las carreteras federales libres de peaje, ii) a la operación de la Red de Autopistas de Cuota y iii) a los programas de conservación;
  1. Por lo que hace al Transporte, se establecieron actividades esenciales por cada vía de transporte y para el autotransporte federal. Al respecto, se aclara que estas actividades están enfocadas a la continuidad de las operaciones y a la prevención de la propagación del COVID-19;
  1. En relación con la operación portuaria, se destacan como esenciales las operaciones de entrada y salida de buques, carga y descarga de mercancías y pasajeros necesarios para la continuidad del abasto de suministros y;
  1. En materia de comunicaciones, se consideran esenciales a las acciones para garantizar la continuidad de las redes de telecomunicaciones y radiodifusión para que la población pueda acceder a medios de información y servicios de telecomunicaciones.

Consideramos positivas estas medidas, sin embargo, esperamos que el Gobierno se solidarice con la situación y opte por otorgar medidas para amortiguar el efecto negativo que esta crisis pueda provocar en las finanzas de las empresas. Esto, para proteger el empleo de la clase obrera y la subsistencia de las empresas.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com ).

Gobierno refuerza medidas para evitar la propagación del COVID-19

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El pasado 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, por medio de las cuales se refuerzan las medidas de higiene y resguardo aplicables a la crisis sanitaria por la que atraviesa el mundo.

Derivado de lo anterior, se ordena la suspensión inmediata de todas las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril. Para tales efectos, se considera como actividades esenciales las siguientes:

1. La atención de emergencias sanitarias,

2. Las relacionadas con la seguridad pública y protección ciudadana,

3. Las de los sectores financieros,

4. La relacionada con la operación de programas sociales y

5. Las necesarias para la conservación y mantenimiento que asegura los servicios indispensables (agua potable, energía eléctrica, gas y petróleo, entre otras).

Cabe mencionar que las personas que realizan aquellas actividades esenciales deberán de cumplir con el protocolo de salud e higiene. Dicho protocolo consiste en el lavado de manos constante, estornudar o toser cubriendo nariz y boca, mantener una distancia apropiada y no realizar reuniones con más de 50 personas. Asimismo, se invitó a la población en México a cumplir con el reguardo domiciliario y el resguardo domiciliario para personas mayores a 60 años, con enfermedades crónicas y mujeres en periodo de embarazo se deberá de aplicar de manera estricta.

Por lo tanto, invitamos a nuestros amigos y colegas al reguardo domiciliario, a efecto de evitar la propagación de este virus. De igual manera, recomendamos, en la medida de lo posible, que el tiempo de resguardo se aproveche para realizar actividades que nos puedan enriquecer en lo personal, familiar y/o profesional.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com )

Gobierno Federal toma medidas para evitar contagio de coronavirus

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El Gobierno Federal toma medidas preventivas para evitar contagio de coronavirus

El 24 de marzo, la Secretaría de Salud emitió medidas para mitigar los riesgos de contagio derivado del coronavirus. El motivo por el cual se implementaron estas medidas deriva de la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, líneas abajo describiremos los puntos más relevantes de dichas medidas:

  • Evitar la asistencia de los adultos mayores de 65 años y personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave a centros de trabajo, espacios públicos y lugares concurridos;

Para tales efectos, dichas personas gozarán de su salario y demás prestaciones.

  • Se suspenden de manera temporal las actividades escolares hasta el 17 de abril de 2020;
  • Se suspenden de forma temporal las actividades que involucren la concentración de personas hasta el 19 de abril;
  • Se establece que el sector privado que se dedique a actividades que resulten necesarias para hacer frente a la contingencia continuará en labores;
  • Las relaciones laborales se mantendrán y;
  • Se suspenden los eventos masivos hasta nuevo aviso. Lo anterior, en la medida en que los asistentes de dichos eventos excedan de 100 personas.

Por último, se invita a los particulares a tomar las medidas básicas de higiene, mismas que consisten en: i) el lavado frecuente de manos, ii) estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pañuelo desechable o con el antebrazo y iii) saludar aplicando las recomendaciones de sana distancia. En este sentido, se invita a cumplir con estas medidas, con la finalidad de proteger a nuestros seres queridos.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com )

Medidas para prevenir crisis económica por COVID-19

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El 15 de marzo, la Confederación Patronal de la República Mexicana (la “COPARMEX”) emitió un comunicado invitando al Gobierno Federal a tomar medidas inmediatas para reducir el efecto negativo que la crisis sanitaria del coronavirus pueda provocar a las empresas. Cabe mencionar que estas medidas también van encaminadas a evitar la pérdida de empleos y a activar la economía mexicana.

En este sentido, las medidas que propone la COPARMEX son las siguientes:

  1. Acelerar la autorización de solicitudes de devolución de impuestos;
  • Suspensión de pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta;
  • Suspensión de auditorías fiscales;
  • Creación de estímulos fiscales temporales al empleo e inversión;
  • Suspensión de los impuestos especiales a la gasolina y el diésel y;
  • Facilitar la posibilidad de acceder a créditos

Al respecto, es importante mencionar que muchos países estan tomando medidas inmediatas para proteger a su economía y al empleo. En este sentido, consideramos que estas medidas son indispensables para que México pueda afrontar las afectaciones económicas derivadas de las acciones para prevenir la propagación del coronavirus.

Por último, es importante que las autoridades actúen de manera inmediata, ya que quienes más pueden resultar más afectados son: i) la clase trabajadora y ii) los pequeños emprendedores.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com)

Secretaría del Trabajo emite Protocolo contra la violencia en el trabajo

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La Secretaría del Trabajo emitió un Modelo de Protocolo para prevenir la violencia en el trabajo

Los patrones tienen la obligación de implementar un protocolo para prevenir la discriminación y la violencia en el trabajo. En este sentido, y tomando en cuenta la violencia que viven muchas mujeres en su entorno laboral, en días pasados la Secretaría del Trabajo emitió un Modelo de Protocolo para facilitar la implementación de dicha obligación (el “Modelo”).

Dicho Modelo establece medidas para prevenir la violencia en el trabajo y para actuar en casos de violencia. Para tales efectos, se considera como violencia laboral aquellas acciones u omisiones que ejercen personas en abuso de poder con un vínculo laboral que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad, impide el desarrollo personal y atenta contra la igualdad.

Asimismo, en el Modelo se proporcionan una serie de cuestionarios para identificar los casos de acoso laboral, acoso sexual u hostigamiento sexual. Cabe mencionar que estos cuestionarios son bastante ilustrativos para poder identificar si un trabajador es víctima de algún tipo de violencia.

A nuestra percepción, consideramos que esta es una excelente medida por parte de Gobierno. Esto, ya que muestra un interés por atender un problema que sufren diversos trabajadores. De igual manera, el Modelo es una excelente herramienta para los trabajadores y para los patrones para identificar este tipo de problemas e implementar una solución a ellos.

Por lo tanto, se invita a revisar este Modelo con la finalidad de identificar estas circunstancias y tener un mayor entendimiento de cómo atenderlas.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com) y José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com).

Se presenta dictamen para reformar el Régimen de Subcontratación Laboral

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El pasado 3 de marzo, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores presentaron un dictamen legislativo para reformar el Régimen de Subcontratación Laboral, con la intención de desincentivar los esquemas de subcontratación irregulares en el país.

Al respecto, consideramos que los puntos más relevantes son los siguientes:

  • Las empresas que contraten servicios de outsourcing tendrán una obligación solidaria con los trabajadores de la empresa de outsourcing.
  • Se crea un Registro para las Empresas de Subcontratación. Para tales efectos, dichas empresas deberán de inscribirse en dicho registro.
  • Se añade la posibilidad para que las autoridades realicen inspecciones para comprobar que las empresas de outsourcing cumplen con sus obligaciones laborales y de seguridad social.

Al respecto, este dictamen nos parece más atinado a la realidad que la propuesta inicialmente planteada por Napoleón Gómez Urrutia, senador del Partido Morena. Esto, ya que permite la continuidad de los negocios de las empresas de outsourcing legales y, de igual manera, hacen responsables a las empresas que reciben estos servicios.

Nos parece una medida es más adecuada a la originalmente propuesta, ya que las empresas que contratan estos servicios serán más diligentes al escoger a sus prestadores de servicios. Por último, consideramos que está medida se complementará con las existentes, ya que el SAT puede identificar a los outsourcing ilegales y ha habido reformas en materia de impuestos para dificultar la evasión fiscal de los outsourcing ilegales.

Este boletín fue elaborado conjuntamente por Guillermo Villaseñor Tadeo (gvillasenor@sanchezdevanny.com), José Rodolfo Pérez Argüello (jperez@sanchezdevanny.com) y Eduardo Barreira-Reynoso Monterrubio (ebreynoso@sanchezdevanny.com).